El pago se hace de acuerdo con el salario y los días laborados de la persona trabajadora del hogar y se puede cumplir la obligación por día, mes, bimestre, semestre o año
El 15 de noviembre de 2022, la titular de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde Luján, indicó que pronto será obligatorio registrar en el IMSS a las personas trabajadoras del hogar.
Alcalde Luján adelantó que la reforma a la Ley del Seguro Social entrará en vigor este mes, a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Los patrones, dijo, estarán obligados a registrar a las y los empleados desde el primer día.
El pago se efectuará de acuerdo con el salario y los días laborados de la persona trabajadora del hogar y se podrá cumplir la obligación por día, mes, bimestre, semestre o año.
En este contexto, algunos empleadores deben tener la siguiente duda: ¿Me tengo que organizar con otros empleadores si una trabajadora del hogar labora en otras casas?
¿Me tengo que organizar con otros empleadores si una trabajadora del hogar labora en otras casas?
De acuerdo con Juan Edgardo Beltrán Ávila, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México, los patrones deben contribuir en la seguridad social de las personas trabajadoras del hogar.
Pero el especialista indicó que los patrones no se tienen que poner de acuerdo, porque cada uno debe enterar las cuotas correspondientes.
El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México explicó que si la persona trabaja un día en un hogar, otro día en otro y otro día en otro, cada uno de sus empleadores tiene que darla de alta y pagar la cuota del IMSS que le corresponda.
Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los patrones, el IMSS tiene una Calculadora de cuotas obrero patronales para personas trabajadoras del hogar, la cual facilita el cálculo del importe a pagar por concepto de cuotas obrero patronales.
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