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¿Qué falta para que sea oficial el aumento a las vacaciones?

La reforma a la Ley Federal del Trabajo propone 12 días el periodo vacacional desde el primer año de trabajo remunerado



¿Cuándo serán las vacaciones del SAT?
4 noviembre, 2022

El Senado de la República aprobó por unanimidad la reforma para duplicar las vacaciones en la Ley Federal del Trabajo (LFT), en la que se proponen 12 días de vacaciones para las personas trabajadoras del país.

Cabe resaltar que la ley vigente establece seis días de vacaciones para el primer año. Bajo la premisa de que los mexicanos tengan vacaciones dignas, la reforma propone 12 días el periodo vacacional desde el primer año de trabajo remunerado, mismo que será gradual para llegar hasta 32 días de descanso pagados.

La reforma recibió 89 votos a favor y cero en contra, sin embargo, el tema avanzará a la Cámara de Diputados para seguir el proceso legislativo, por lo que no se descartan cambios a la minuta.

México: jornadas laborales largas y menos vacaciones

Como mencionamos, sobre los días de vacaciones, la ley en México contempla seis días como mínimo. En contraste, en Colombia y Chile se permiten 15 días, mientras que en Brasil y Perú son 30 días. El Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo recomienda 15 a 18 días vacacionales como mínimo.

Un estudio del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) demostró que México es uno de los países con jornadas laborales más largas. Según la ley, en un día cualquiera, una persona puede trabajar un máximo de ocho horas en un turno diurno, siete en uno nocturno y siete y media en una mixta. Es decir, puede dedicar hasta 2 mil 40 horas al año si descansa fines de semana y días festivos.

La propuesta reforma los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones. Cabe mencionar que dicha ley no había sido reformada en materia de vacaciones desde hace 52 años.

La reforma a los artículos plantea que las modificaciones legales entren en vigor a partir de enero del 2023 y sólo se aplicaría a quienes tengan un contrato activo en el momento que inicie la vigencia de la nueva norma.

 





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