¿Qué es la materialidad en conceptos de nómina y por qué es importante?
Las empresas pueden enfrentarse a riesgos cuando no comprueban la materialidad, es decir, cuando manejan un concepto pero no lo acreditan
La materialidad es la demostración y la evidencia de lo que, en este caso en nómina, el sector patronal está entregando a los trabajadores. Es decir, acreditar que el destino de los conceptos con los cuales se remunera al personal, tenga el fin perseguido, explicó a El Contribuyente, José Manuel Morita Cansino, contador público y maestro en impuestos especialista en seguridad social.
De acuerdo con el especialista, las empresas pueden enfrentarse a riesgos cuando no comprueban la materialidad, es decir, cuando denominan al concepto pero no lo acreditan.
Uno de los riesgos es que se rechace el concepto y consideren que sean bases de cotización o bases gravables para efectos de Impuesto Sobre la Renta o para impuestos locales a las nóminas.
“Es muy importante establecer, a través de políticas y procedimientos, los conceptos por su origen, su naturaleza su función y su monto, para evitar diferencias multas e inclusive la posibilidad de cometer un delito” comentó el especialista.
Cómo comprobar la materialidad
Para comprobar la materialidad de la operación, el contribuyente puede utilizar la documentación que da fe de las etapas de contratación de un trabajador.
Estas son algunas de las formas en que un contribuyente puede comprobar la materialidad:
- La convocatoria (proceso para reclutar a candidatos como puede ser anuncios en periódicos o páginas web).
- Solicitudes de empleo o currículos de los candidatos.
- Documentación solicitada en el caso de contratación.
- Contrato de trabajo (este deberá contener los datos requeridos del colaborador estipulados en el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo).
- Inscripción al IMSS.
- CFDI y comprobantes de pago del trabajador.
- Registros contables.
Si te interesa saber más de este tema, te invitamos al curso capacitación “Materialidad de los conceptos de la nómina para efectos de seguridad social”, el cual puedes conocer en este enlace.
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