Así funciona el pago impuestos en especie para artistas
Además de sus obligaciones fiscales, el artista debe tener en cuenta que las ventas de obras de arte son consideradas como actividades vulnerables, nos explica nuestro articulista Yair Kershenovich
Gran parte de los contribuyentes cautivos en México están bajo la impresión de que la única manera de pagar impuestos es con dinero y esta es una apreciación equivocada.
El 31 de octubre de 1994 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto presidencial que cambiaría el mundo del arte en México.
Este decreto otorga la posibilidad a los artistas plásticos de realizar el pago de sus impuestos en especie. Muchos artistas conocen este decreto, pero no saben cómo ingresar y que es lo que deben de hacer, por lo que en este artículo se los explicaremos:
En primer lugar, debe inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes, en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con la actividad económica de “artista o técnico independiente”, generando su constancia de situación fiscal. De igual forma debe contar con su opinión de cumplimiento positiva al momento de inscribirse.
Cómo darse de alta en el Programa de Pago en Especie del SAT
Para darse de alta en el Programa de Pago en Especie, requerirá lo siguiente:
- a) Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie” (HDA-1) debidamente requisitado en su equipo de cómputo (se anexa formato).
- b) Identificación oficial vigente.
- c) Semblanza (formato del SAT).
El formato HDA-1 se debe presentar durante los meses de enero a abril de cada año, para ello deben remitir la documentación para revisión a la cuenta [email protected] y solicitar una cita.
La primera declaración que realizarán será la del año inmediato posterior a la presentación de su Aviso de Inicio, es decir, si se inscribe en 2023, su primera declaración la presentará durante los meses de febrero a abril de 2024, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Hasta ese momento deberá entregar la obra de arte que presente como propuesta de pago en especie, la cual deberá ser similar en técnica y tamaño a las vendidas durante este mismo periodo.
Es importante recordar que el beneficio del Programa de Pago en Especie sólo aplica por la venta que realicen los artistas plásticos con emisión de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) que incluya la leyenda fiscal Pago en Especie, a lo cual se debe de poner especial atención.
Tabulador de pago en especie
Al igual que en el pago de impuestos de personas físicas, en este pago existe un tabulador el cual es el siguiente:
OBRAS ENAJENADAS | OBRAS EN PAGO |
1 a 5 | 1 |
6 a 8 | 2 |
9 a 11 | 3 |
12 a 15 | 4 |
16 a 20 | 5 |
De 21 en adelante | 6 |
Estas obras deben de ser presentadas y entregadas ante la autoridad como se menciona anteriormente.
Es importante recalcar que, además de estas obligaciones fiscales, las ventas de obras de arte son consideradas como actividades vulnerables por lo que en caso de entrar dentro de los umbrales los artistas deberán de llevar también este control.
Este decreto genera una facilidad administrativa para los artistas y capta a un sector que es conocido históricamente por la complejidad del cobro de impuestos por lo que podría ser considerado como un ganar – ganar para las dos partes.
Autor: Mtro. Yair Kershenovich Tavel
Integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 2
Integrante de la Comisión de Tecnologías Financieras
Socio de Despacho Tavel, S.C.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.