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¿En qué casos el SAT puede romper el secreto fiscal?

Las autoridades tributarias tienen la obligación de guardar reserva absoluta en relación con toda la información suministrada por los contribuyentes



30 septiembre, 2022

El secreto fiscal es la protección que da la legislación a los datos e información de los contribuyentes que recolecta el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para no ser divulgada a terceros, sin embargo, hay excepciones en los que el fisco puede compartir información de los contribuyentes.

En entrevista con El Contribuyente, el contador Pablo Cervantes García, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que hay información específica que el SAT puede compartir dependiendo el caso en el que se encuentre el contribuyente.

Cuándo se rompe el secreto fiscal

El especialista explicó diversos casos en los que el SAT puede romper el secreto fiscal. Por ejemplo, si una autoridad laboral requiere información para efecto del reparto de utilidades (PTU), el SAT puede compartir información del contribuyente para que haga uso de los datos y ver si el reparto de PTU fue correcta conforme a los datos fiscales del contribuyente.

Asimismo, el especialista detalló que en caso de lavado de dinero, el órgano recaudador puede compartir información con las autoridades correspondientes como el Ministerio Público.

También si hay un tratado internacional en el que México haya pactado el intercambio de información con otros fiscos, sin embargo esto será a solicitud de las autoridades fiscales extranjeras y deben detallar los datos específicos que requieran para que el fisco mexicano pueda compartir.

Hay otros casos en los cuales para fines del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la autoridad fiscal puede compartir datos numéricos, no información sensible del contribuyente. Por ejemplo, puede compartir cuantas personas están pagando el impuesto sobre la renta (ISR) para que el INEGI realice estudios y estadísticas.

Cuando el contribuyente tenga un crédito fiscal firme y no lo haya pagado, el fisco puede publicar en sus listados de créditos su nombre de la persona con el monto del crédito fiscal.

El integrante del CCPM detalló que cuando al contribuyente se le haya condonado alguna contribución, la autoridad tiene obligación de publicar en una lista todos los contribuyentes que fueron sujetos de este beneficio para que sepa cómo se condonó el crédito fiscal.

En caso de que el contribuyente tenga sentencia por la Comisión de Delitos Fiscales, cuando está  inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes pero la autoridad no le localiza en su domicilio, el SAT puede publicar la información en la lista de contribuyentes no localizados.

“Son excepciones que va regulando el artículo 69 del CFF, pero cabe destacar que no toda la información puede ser pública, entonces se debe de saber en qué caso y sobre qué información será válido el secreto fiscal” dijo en entrevista el contador Pablo Cervantes.

De acuerdo con el artículo 69 del Código Fiscal, el secreto fiscal comprende la obligación a cargo de las autoridades tributarias, de guardar reserva absoluta en relación con toda la información suministrada por los contribuyentes o captada por ellas en uso de sus facultades de comprobación.





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