En la Ley de Ingresos se estima la composición de los ingresos futuros, impuestos, derechos e ingresos derivados de financiamiento
La Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon) realizó un análisis de la Iniciativa de Ley de Ingresos del Paquete Económico 2023 que recientemente entregó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a la Cámara de Diputados.
En la iniciativa de Ley de Ingresos se estima la composición de los ingresos futuros, impuestos, derechos, ingresos derivados de financiamiento, entre otros.
La Prodecon destacó, entre las medidas en materia fiscal, que se mantiene la tasa de recargos por prórroga en 0.98 por ciento mensual sobre los saldos insolutos, así como las tasas de recargos en pago a plazos.
También señaló que la tasa de retención a intereses pagados por instituciones del sistema financiero se incrementa de 0.08% a 0.15%.
Se mantienen los siguientes estímulos:
- Acreditamiento contra el ISR del IEPS del diésel adquirido o importado por las personas que realizan actividades empresariales cuyos ingresos anuales sean menores a 60 millones de pesos, siempre que lo utilicen exclusivamente como combustible en maquinaria en general, excepto vehículos, aunque sí es aplicable a vehículos marinos.
- Opción para que las personas morales dedicadas exclusivamente a las actividades agropecuarias o silvícolas puedan solicitar la devolución del monto del IEPS que tuvieran derecho a acreditar, en lugar de efectuar el acreditamiento, siempre que utilicen el diésel para su consumo final en dichas actividades.
- Acreditamiento contra el ISR del IEPS del diésel o biodiésel y sus mezclas, adquirido para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos destinados exclusivamente al transporte público y privado, de personas o de carga, así como el turístico.
- Acreditamiento contra el ISR de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la Red Nacional de Autopistas de Cuota, hasta en un 50% del gasto total erogado por este concepto, por los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado, de carga o pasaje, así como el turístico, siempre que sus ingresos anuales para efectos del ISR sean menores a 300 millones de pesos.
- Acreditamiento contra el ISR del IEPS a los adquirentes que utilicen los combustibles fósiles (artículo 2o., fracción I, inciso H), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) en sus procesos productivos para la elaboración de otros bienes y que en su proceso productivo no se destinen a la combustión.
- Acreditamiento contra el ISR del derecho especial sobre minería que hubieran pagado los contribuyentes titulares de concesiones y asignaciones mineras, cuyos ingresos brutos totales anuales por venta o enajenación de minerales y sustancias, sean menores a 50 millones de pesos.
La Procuraduría aclaró que en la iniciativa ya no fue incluido el estímulo que permitía a los enajenantes de libros periódicos y revistas, con ingresos anuales menores a 6mdp, la deducción adicional para efecto del ISR del 8% del costo de los libros, periódicos y revistas que adquiera.