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¿Compraste o vendiste criptomonedas? Debes declararlo al SAT

Las operaciones con criptomonedas se consideran como actividad vulnerable, es decir, de lavado de dinero, de acuerdo con la Ley Antilavado.



27 septiembre, 2022

La  delegación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en Jalisco informó que actualmente no existe una ley que regule las criptomonedas, ya que no tienen las características de un moneda legal, como el peso mexicano o una divisa, pero sí son consideradas activos virtuales.

“A la fecha en México y en la legislación fiscal no hay un régimen específico en el cual se prevea la forma, las condiciones o los términos en que debe tributar una persona que obtiene estos ingresos, pero al comprar o vender estos activos deben tomarse en cuenta algunas obligaciones fiscales”, dijo en entrevista con Reforma,  Mayela Landeros Solorio, delegada de la Prodecon.

Sergio Flores, integrante del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, señaló que también es importante solicitar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en cualquier movimiento de criptomonedas, porque permitirá deducir el impuesto a pagar en su declaración anual.

De no hacer la declaración de impuestos, el experto mencionó que la autoridad fiscal podría tomarlo como impuesto omitido, por lo que la persona será acreedora a recargos y sanciones, que van desde dos mil 500 a 39 mil pesos por la omisión de declarar ingresos, además de que pasaría a una revisión por parte de la autoridad.

¿En qué casos el SAT cobra impuestos por las criptomonedas? 

De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), las operaciones con criptomonedas se consideran como actividad vulnerable (de lavado de dinero), por lo que toda persona que tenga en su posesión o realizan intercambio, compra y venta de activos virtuales o criptomonedas deberá dar aviso a la autoridad fiscal.

Cabe mencionar que si en tu declaración anual tuviste alguna ganancia a razón de la compra o venta de tus criptomonedas o activos virtuales, esta automáticamente aparecerá dentro del SAT, por lo que se considerará dentro de tu pago de impuestos.

Sin embargo, de acuerdo con Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR), en su capítulo IV “De los ingresos por enajenación de bienes”, establece que los ingresos o ganancias se deben declarar en el momento de la venta del bien, es decir: no debes pagar impuestos solamente por tener bitcoin o criptomonedas, sino hasta que los vendas.

Asimismo, quienes se dedican a las criptomonedas, deben considerar que es una actividad vulnerable, ya que está sujeta a la Ley Antilavado, es decir, que las personas que realizan estas actividades están obligadas presentar avisos de sus operaciones superiores a 62 mil pesos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de no hacerlo la multa es desde 17 mil hasta 173 mil pesos.

Además, de acuerdo con el artículo 17, fracción XVI, de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, “en ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional, las divisas ni cualquier otro activo denominado en moneda de curso legal o divisas”.





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