¿Qué pasa si no respondo una carta invitación del SAT?
Lo mejor es que el contribuyente cumpla o aclare lo que solicita la autoridad en las cartas invitación, de acuerdo con especialistas
Los contribuyentes que reciben una carta invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueden ignorarla, pero eso no se recomienda.
De acuerdo con Roberto Colín, integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, no se recomienda ignorar las cartas invitación porque eso puede ser el inicio de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, entre las que se encuentran las revisiones de gabinete y las visitas domiciliarias.
El contador recomendó que se atiendan todas las cartas invitación, porque así puede evitarse el inicio de una revisión de gabinete o auditoría, que puede durar hasta un año.
Por eso, el especialista dijo que lo mejor es que el contribuyente cumpla o aclare lo que solicita la autoridad en las cartas invitación.
¿Me pueden multar por no atender una carta invitación del SAT?
El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México indicó que ignorar una carta invitación no amerita multa, pero dijo que si no se atiende lo que solicita el SAT sí podría implicar una multa.
Revisión o auditoría
El contador considera que uno de los perjuicios que podría tener el contribuyente por no atender una carta invitación es que el SAT inicie una revisión o auditoría.
Multa por incumplimiento
Pero explicó que si hubo omisión en la presentación de una declaración, y la autoridad fiscal solicita que se presente aunque sea vía carta invitación, puede ser que el contribuyente ya tenga multa.
Cancelación del CSD
Además, recordó que con una reforma de 2020 al CFF se estableció que se podrían suspenderte el Certificado de Sello Digital (CSD) por diferencias en ingresos acumulables. Entonces si la carta invitación es por diferencias en ingresos hay que atenderla, porque pudiera derivar en una suspensión del CSD.
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