Los gastos en lo que respecta a los útiles escolares y uniformes no son deducibles de impuestos y los pagos en efectivo no son válidos para hacer la deducción
El ciclo escolar 2022-2023 inicia el lunes 29 de agosto y con el regreso a clases, también inicia la compra de materiales, pago de colegiaturas, renta de transporte escolar, uniformes, etc. Conoce los gastos escolares que son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De acuerdo con el SAT, las deducciones personales son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual.
Entre dichas deducciones personales, se clasifican aquellas marcadas como Deducciones Personales de Educación con las que puedes deducir impuestos de lo siguiente:
1. Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
2. Transportación escolar de tus hijos o nietos en caso de que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura de todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante.
Asimismo, para hacer efectivo este beneficio, es necesario contar con el comprobante de pago correspondiente. Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició. Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
Cabe destacar que los gastos en lo que respecta a los útiles escolares y uniformes no son deducibles de impuestos.