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¿Las camionetas pick up no tienen el límite de deducción de los autos?

La deducción de automóviles tiene un límite que no aplica para los camiones de carga como las camionetas pick up



El Contribuyente
29 agosto, 2022

La deducción de los vehículos tipo pick up no tienen el límite que aplica a los automóviles, porque son considerados camiones de carga para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR).Límite para la deducción de automóviles

De acuerdo con la consultora Fiscalia, las inversiones en automóviles sólo son deducibles hasta por un monto de 175 mil pesos. Y los vehículos híbridos, eléctricos o de hidrógeno son deducibles hasta por un monto de 250 mil pesos. Esto lo establece el Artículo 36, fracción II, de la Ley del ISR.

Es decir, que si compras un auto de 250 mil pesos, solo podrás deducir 175 mil pesos. Pero si se trata de un eléctrico del mismo precio, podrás deducir el 100%, ya que no rebasa el límite para este tipo de vehículos.

Porcentaje máximo de deducción anual

Al tratarse de automóviles, al igual que los autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques, el porcentaje máximo autorizado como deducción al año es del 25%. Esto lo establece el artículo 34, fracción VI, de la Ley del ISR. Es decir, puedes deducir el 100% del vehículo al pasar los cuatro años; una cuarta parte cada año.

Definiciones de automóvil y pick up

En materia fiscal, el automóvil es aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta 10 pasajeros, incluido el conductor. Así lo establece el artículo 3 del Reglamento de la Ley del ISR.

Mientras tanto, los vehículos tipo pick up son camiones de carga destinados al transporte de mercancías. Apoya esta conclusión el Criterio Normativo del SAT “27/ISR/N – Deducciones del ISR. Los vehículos denominados pick up son camiones de carga”.

La aclaración es importante porque la deducción de automóviles tiene un límite que no aplica para los camiones de carga. Así que los vehículos tipo pick-up no estan sujetos al límite de 175 mil pesos de deducción, pero sí les es aplicable la tasa del 25% de deducción anual.

En cuanto al Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en la adquisición de estos vehículos, sería acreditable en su totalidad.

En conclusión, los vehículos pick-up pueden deducirse por la totalidad de su valor, aplicando una tasa de 25% anual. El IVA pagado por su adquisición es acreditable en su totalidad.

– Con información de Fiscalia.

 

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