Recientemente, el RENAPO emitió la primera CURP de una persona de género no binario en México
El género no binario se aplica a las personas que asumen una identidad de género que se halla fuera del binarismo de género. Esto se debe a que su identidad autodesignada no se percibe totalmente masculina o femenina.
De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, la “Clínica de litigio penal Itam” recientemente informó que el Registro Nacional de Población (RENAPO) emitió la primera CURP de una persona de género no binario en México, realizando las modificaciones necesarias en su sistema y su registro de búsqueda.
Uso de identificador “X”
En el artículo se indica que uno de los caracteres que integra la clave de la CURP, el décimo primero, es el que indica el sexo: (H) para hombre y (M) para mujer.
Además, se explica que antes no se tenía previsto el uso de un carácter distinto a H o M, por lo que la incorporación de un nuevo género “no binario” representaba un reto interesante en términos de la generación de esta clave. El reto no sólo era para el RENAPO, sino para todos los sistemas de nómina y de administración de personal, o de cualquier otro que manejara registros de CURP, para tener un carácter adicional a H o M en el CURP, o bien, un sexo distinto a hombre o mujer en los datos personales de las personas.
Actualmente se manejan los identificadores “H” para hombre y “M” para mujer, y tomando en cuenta la experiencia de otros países, ahora se ha agregado el uso de “X” para el género no binario, no definido o distinto a los anteriores.
Cambios en sistemas de nóminas
Fiscalia considera que esto adquiere relevancia para el caso de los empleados, porque el género que quede registrado en el sistema de nóminas es el que se utilizará tanto para la generación de aviso afiliatorios y otras obligaciones patronales con otras dependencias.
También indica que es relevante realizar los cambios en los sistemas que no sean de nómina, pero en los que se registren y administren datos de personas físicas.
Por lo tanto, es importante que los responsables de los sistemas de nómina adopten los cambios a fin de tener un sistema compatible con las nuevas características de la CURP, así como también contemplar un género adicional en los sistemas y base de datos de personas físicas, en los casos en que este dato sea necesario.
– Con información de Fiscalia.