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Las transferencias entre cuentas propias te pueden meter en problemas con el SAT

Si tienes varias cuentas bancaria a tu nombre y acostumbras a realizar transferencias entre ellas, la autoridad fiscal puede cobrarte impuestos.



¿Cómo demuestro al SAT que los traspasos entre mis cuentas bancarias no son ingresos?
(Imagen: El Contribuyente)
19 mayo, 2022

Si tienes cuentas en diferentes bancos y sueles hacer transferencias entre ellas, deberás de tener más cuidado porque podrías tener problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con Mauricio Zamudio, especialista en impuestos, los traspasos electrónicos que se hagan entre cuentas propias y que esté identificado a través del mismo Registro Federal de Contribuyentes (RFC), ya sea socio o persona física registrada, no causará impuestos; sin embargo, hay casos en los que las transferencias entre cuentas propias pueden confundirse con ingresos.

Por ejemplo, si Hacienda detecta diferencias entre los ingresos que declaras y los depósitos que percibes, entonces la autoridad fiscal puede presumir que hay ingresos adicionales por los cuales debas de pagar un impuesto.

En entrevista con TV Azteca, el especialista explicó que esas diferencias se llaman discrepancias fiscales y consisten en movimientos que demuestran un incremento en nuestro patrimonio o fuente de riqueza.

En esos casos, deberás documentar con tu estado bancario que se trató de un préstamo y no de un ingreso por alguna ganancia; además, deberás demostrar que estás en orden con tu RFC y la actividad que realizas.

¿Cómo puedo demostrar que se trató de un traspaso entre cuentas?

De acuerdo con la tesis ‘Traspaso entre cuentas bancarias’, que se aprobó el pasado 23 de abril de 2021, los contribuyentes deben presentar los siguientes documentos:

  • Estados de cuenta
  • Papeles de trabajo
  • Copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre.

Pero esto no es todo lo que te van a pedir, además, en algunos casos también deberás de presentar una prueba pericial contable que demuestre:

  • El registro de cada operación.
  • La correspondencia de cantidades entre sus cuentas.
  • Que no se incrementó su patrimonio

Recuerda que el SAT te puede fiscalizar movimientos hasta con 5 años de antigüedad, por eso es indispensable que te mantengas al día en cuanto a tu contabilidad.

 





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