Los transportistas tienen incertidumbre sobre cómo identificar qué productos sí llevarán factura con complemento carta porte y cuáles no
Refugio Muñoz López, vicepresidente ejecutivo de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), reconoció que el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) con complemento carta porte sí generó un costo para los transportistas.
En enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aseguró que la información requerida para la factura electrónica digital no representaba un costo adicional para los transportistas.
“La regla que emitió el SAT para emitir el CFDI con complemento carta porte tiene un costo y éste genera presiones inflacionarias en el sector del transporte y, en consecuencia, en la relación que el sector tiene con todos los demás sectores de la economía” dijo Muñoz a El Economista.
Además, explicó que los costos administrativos entre sus agremiados se han incrementado 6% desde la implementación del CFDI con complemento carta porte que entró en vigor a inicio de año.
Exención de Carta Porte
El miércoles pasado, el gobierno federal presentó el Paquete Contra la Inflación y la Carestía (Pacic), en el que se incluye la exención del complemento de la carta porte durante los próximos seis meses para el transporte de básicos e insumos.
Sin embargo, la Conacar opina que esta medida genera dudas, porque cuando se emite la factura con complemento carta porte es con base en todo el embarque que traslada el automotor y no por producto individual.
“En una carga que lleva diferentes productos, cómo identificar cuáles sí llevarán factura con complemento carta porte y cuáles no”, explicó al diario.
Como reportamos, el Instituto Mexicano de Contadores Publicos expuso las problemáticas del CFDI con complemento carta porte, entre las que señala la inseguridad jurídica que representa el hecho de que el complemento carta porte sea un documento que sirve para acreditar el transporte de mercancías, así como la legal tenencia, posesión y/o estancia de éstas en el país.
Además, el instituto dijo que este complemento carta porte debería servir única y exclusivamente para acreditar el transporte de mercancías, ya que para demostrar la legal tenencia, posesión y/o estancia de las mismas deben considerarse otros documentos tales como: facturas, contratos, pedimento, etcétera.