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El SAT exenta a sector primario de multas por carta porte

El SAT informó que, a pesar de la exención de multas y sanciones, el documento es obligatorio.



El Contribuyente
25 mayo, 2022

A través de un comunicado, la autoridad fiscal informó que los productores del sector primario quedarán exentos de multas y sanciones por la emisión incorrecta del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento carta porte.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), esto ocurrirá cuando los transportistas trasladen sus mercancías con sus propios medios, lo cual será aplicable hasta el 1 de octubre de 2022 o hasta el tiempo que sea necesario.

Esta medida es parte del Paquete Contra la Inflación y la Carestía (PACIC) presentado por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, sin embargo, no elimina la obligatoriedad de presentar el documento.

El fisco destacó que con la exención de multas se suman esfuerzos desde las actividades económicas primarias hasta su comercialización a favor de la economía nacional en el marco de las medidas adoptadas contra la inflación.

Felipe de Javier Peña, presidente de la Comisión de Transporte de la Concamin, explicó que durante conversaciones entre la iniciativa privada y el SAT, quedó claro que la medida anunciada no cambia la obligatoriedad que tienen todos los sectores, incluidos los básicos e insumos de generar este documento.

La factura electrónica con complemento Carta Porte, la cual entró en vigor en enero, es un documento fiscal digital emitido por los prestadores de servicio de transporte o por los propietarios de mercancías o bienes cuando realizan el traslado por sus propios medios, para amparar el traslado y la legal tenencia de estas en territorio nacional.

Al primer trimestre de 2022, 65 mil 163 contribuyentes emitieron sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte. Este universo representa cerca del 80% del padrón de permisionarios de autotransporte federal.





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