el Contribuyente

Es oficial el cambio al estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de tecnología

Hacienda publicó el Anexo 1-A de la RMF para 2021

(Imagen: El Contribuyente)

El 16 de marzo, la Secretaría de Hacienda publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para modificar el estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de tecnología.

Se trata del Acuerdo por el que se modifican las reglas generales para la aplicación del estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de tecnología .

¿En qué consiste el estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de tecnología?

De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), a partir de 2017 se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que efectúen proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones realizadas en el ejercicio en investigación o desarrollo de tecnología, contra el Impuesto sobre la Renta (ISR) causado en el ejercicio en que se determina dicho crédito. Este crédito fiscal no será acumulable para efectos del citado impuesto.

Este crédito sólo podrá darse cuenta sobre la base incremental de los gastos e inversiones realizadas en el ejercicio correspondiente, respecto al promedio de aquellos realizados en los tres ejercicios inmediatos anteriores. Es decir, el crédito fiscal es equivalente al 30% de los gastos e inversiones en investigación y desarrollo de tecnología realizados en el ejercicio, que exceden al promedio de dichos gastos, realizados en los tres ejercicios inmediatos anteriores.

Si es mayor al ISR que los contribuyentes tendrán su cargo, en el ejercicio fiscal en el que se aplique el estímulo, podrán acreditar la diferencia que resulte contra el referido impuesto que tendrán su cargo en los 10 ejercicios siguientes hasta agotarla.

Puedes ver el acuerdo que publicó la Secretaría de Hacienda aquí/ Fecha de publicación: 16 de marzo de 2022.

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