El Contribuyente
Síguenos
empty

El SAT activa 4 herramientas para la declaración anual de personas físicas

A través de un comunicado, el fisco informó de herramientas que los contribuyentes pueden usar para presentar su declaración anual en tiempo y forma.



¿Existen riesgos si modifico la declaración prellenada del SAT?
(Imagen: El Contribuyente)
22 marzo, 2022

Para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a su disposición algunas herramientas para prepararse y presentar la declaración en tiempo y forma.

La declaración anual 2021 es una obligación para todas las personas físicas y morales y se debe presentar a más tardar el 31 de marzo para las personas morales y el 30 de abril (si no hay prórroga) para las personas físicas.

A través de un comunicado, el fisco informó que los contribuyentes cuentan con la herramienta SAT ID, la cual permite generar o renovar la contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de satid.sat.gob.mx.

https://twitter.com/SATMX/status/1505997940040470529

El uso de la contraseña es importante para realizar la declaración anual, pues permite autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema, asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.

Por otro lado, las personas físicas que reciban ingresos por salarios pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador en este enlace.

Otra herramienta es el Simulador de declaración anual para revisar la información precargada. El link donde puedes hacerlo es:

https://www.sat.gob.mx/declaracion/23891/presenta-tu-declaracion-anual-de-personas-fisicas-y-conoce-el-simulador-para-2021

Asimismo, el SAT cuenta con el minisitio de Declaración Anual 2021. Para conocer todos los detalles de la declaración anual, puedes acceder en este enlace.

En cuanto a las deducciones, el fisco informó en su comunicado que las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Finalmente, se les recuerda a las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador que no están obligadas a presentar la Declaración Anual; sin embargo, si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentarla a más tardar el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.

Las personas obligadas a presentarla son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:

  • Servicios profesionales (honorarios)
  • Actividades empresariales
  • Plataformas tecnológicas
  • Arrendamiento
  • Intereses
  • Dividendos
  • Enajenación de bienes
  • Adquisición de bienes




Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Hacienda apuesta por eficiencias recaudatorias y descarta reforma fiscal en 2025

¿Condominios y el SAT? Descubre si tu asociación civil está en regla (¡y evita multas!)

Confusión en el Subsidio al Empleo: ¿SE 2013 o SE 2024? Esto es lo que debes saber

Cuidado, patrones: La evasión fiscal en el IMSS te puede salir muy cara