el Contribuyente

La autoridad debe efectuar un segundo requerimiento para la devolución si el primero fue insuficiente

El SAT no debe condicionar la devolución a que se demuestre la existencia de las operaciones de los proveedores

(Imagen: El Contribuyente)

El TFJA determinó que es obligación de la autoridad efectuar un segundo requerimiento para otorgar o no la devolución de saldo a favor.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) recientemente publicó una tesis de jurisprudencia relacionada con la devolución de saldo a favor.

El TFJA determinó que es obligación de la autoridad efectuar un segundo requerimiento para otorgar o no la devolución de saldo a favor, en caso de que la información proporcionada por el contribuyente con motivo del primer requerimiento haya resultado insuficiente.

Obligación del segundo requerimiento para la devolución

En la tesis se explica lo siguiente:

Propósitos de realizar dos requerimientos

En este contexto, el TFJA consideró que la facultad para que la autorizado realice hasta dos requerimientos tiene un doble propósito:

Por eso, determinó que en caso de que en un trámite de solicitud de devolución de saldo a favor, la autoridad considere que el contribuyente no acreditó la materialidad de las operaciones respecto de las cuales solicitó la devolución, al ser insuficiente la información que le fue proporcionada derivada del primer requerimiento que le efectuó, esta se encuentra obligada a realizar un segundo requerimiento. O la autoridad también puede ejercer sus facultades de comprobación, para contar con todos los elementos que le permitan resolver sobre la procedencia o no de la devolución solicitada.

Esto lo aprobó el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) con el acuerdo G/23/2021.

Puedes ver la tesis de jurisprudencia que publicó el TFJA aquí / Páginas: 29 a la 31 / Criterio de búsqueda: Devolución de saldo a favor / Clave: VIII-J-SS-168 / Publicación: noviembre de 2021.


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