el Contribuyente

Estos cambios tiene la “factura global” en 2022

El Contribuyente

La regla que regula la emisión de la factura global presenta algunos ajustes para este año.

Para que las empresas no tengan que emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por cada operación por la que no se solicitó factura, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite que elaboren una “factura global”.

La regla 2.7.1.21. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) regula la emisión de las facturas globales y este año dicha ordenamiento presenta los siguientes cambios:

Plazo de expedición

Hasta 2021 la regla preveía un plazo de 72 horas para emitir la factura global, siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral. Pero a partir de 2022, el plazo de 72 horas se reduce a 24 horas.

RIF

Para los contribuyente del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que continúan tributando en este régimen según las reglas vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021, se les permite continuar realizando su factura global de manera bimestral, a través de la aplicación “Factura fácil” en la página de Internet del SAT.

La facilidad de no expedir comprobantes por operaciones inferiores a 250 pesos que tenían los RIF desaparece.

A través del Décimo Noveno Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, se establece que los contribuyentes del RIF podrán emitir las facturas globales de forma bimestral a través de la aplicación electrónica “Mis cuentas”, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones y señalando en el atributo de “Descripción” el periodo al que corresponden las operaciones realizadas con público en general. Lo anterior, es aplicable únicamente para los CFDI emitidos en su versión 3.3.

Estaciones de servicio de combustibles

A través del Vigésimo Transitorio de la RMF se establece que los contribuyentes que distribuyan o enajenen gas natural o petrolíferos, podrán seguir emitiendo un CFDI diario, semanal o mensual por todas las operaciones que realicen con el público en general, hasta el 31 de diciembre de 2022, siempre que cumplan determinados supuestos.

 

– Con información de Fiscalia.

 


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