Así funcionará el impuesto global de 15% a empresas multinacionales
Para calcular los ingresos de las compañías se tomarán en cuenta los estados financieros consolidados de los últimos dos a cuatro años previos a la aplicación de la tasa global
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) presentó las reglas de la implementación de una reforma histórica al sistema tributario internacional, que garantizará que las empresas multinacionales estén sujetas a una tasa impositiva mínima del 15% a partir de 2023.
Las normas definen el alcance y establecen el mecanismo para las llamadas reglas Global Anti-Base Erosion (GloBE), bajo el Pilar Dos, que introducirán una tasa impositiva corporativa mínima global fijada en 15%.
“Las normas modelo del Segundo Pilar proporcionan a los gobiernos una plantilla detallada para llevar adelante la transposición de la solución basada en dos pilares, que aborda los desafíos derivados de la digitalización y la globalización de la economía”, refirió la OCDE.
El impuesto mínimo se aplicará a las empresas multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros y se estima que generará alrededor de 150 mil millones de dólares en ingresos fiscales globales adicionales anualmente.
Cómo se calculará
Para calcular los ingresos se tomarán en cuenta los estados financieros consolidados de los últimos dos a cuatro años previos a la aplicación del impuesto global, de acuerdo con las reglas de la OCDE, afirmó Juan Carlos Pérez Peña, asesor de Planeaciones Fiscales Agresivas del organismo, en entrevista con Reforma.
“El impuesto será a tasa efectiva y se aplicará no sólo a las empresas tecnológicas, sino a todas las que tengan ingresos consolidados anuales por 750 millones de euros o más. Varias empresas mexicanas estarán sujetas a estas reglas, ya sea en México o en otros países donde operan”, refirió.
Además, dijo que el gobierno puede requerir información complementaria para verificar la información de la compañía, misma que compartirá a los demás países que adopten las reglas para aplicar el impuesto.
De esta manera, explicó, se determinará si la tasa efectiva que se pagó en el país o en otras naciones donde la multinacional tiene filiales es igual a 15 por ciento; en caso contrario, se podrá aplicar el cobro por la diferencia, explicó a Reforma.
“A todos los países se les da la flexibilidad de adoptar o no, de manera consistente, las reglas que se acordaron. Si México decide no adoptarlas no podrá recaudar ese impuesto de las filiales de multinacionales mexicanas en otros países”, dijo.
Las nuevas normas del modelo del Segundo Pilar ayudarán a los países a transponer las reglas GloBE a sus respectivas legislaciones internas en 2022, refirió el organismo internacional.
Además, detalló que establecen un sistema coordinado de reglas entrelazadas que define a las empresas multinacionales que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del impuesto mínimo; un mecanismo para calcular el tipo impositivo efectivo por cada cede y fijan el monto del impuesto complementario a pagar de acuerdo con dichas reglas.
Así operarán las reglas GloBE
Las reglas GloBE establecen un sistema coordinado de tributación destinado a garantizar que los grandes grupos de empresas multinacionales paguen este nivel mínimo de impuestos sobre la renta que surja en cada una de las jurisdicciones en las que operan. Las reglas crean un “impuesto complementario” que se aplicará a las ganancias en cualquier jurisdicción siempre que la tasa impositiva efectiva, determinada sobre una base jurisdiccional, esté por debajo de la tasa mínima del 15%.
Las nuevas reglas modelo del Pilar Dos ayudarán a los países a incorporar las reglas GloBE a la legislación nacional en 2022. Proporcionan un sistema coordinado de reglas entrelazadas que:
- Definir las empresas multinacionales dentro del alcance del impuesto mínimo.
- Establecer un mecanismo para calcular la tasa impositiva efectiva de una empresa multinacional sobre una base jurisdiccional y para determinar el monto del impuesto complementario pagadero según las reglas.
- Imponer el impuesto complementario a un miembro del grupo de empresas multinacionales de conformidad con una orden reglamentaria acordada.
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