Sin prisión preventiva por delitos fiscales la recaudación no bajará: expertos
Expertos consideran que la autoridad cuenta con otras herramientas para mantener la fiscalización y fortalecer los ingresos tributarios.
Con la reforma penal fiscal de 2019, se estableció que los delitos de contrabando y su equiparable, defraudación fiscal y su equiparable, y la venta y compra de facturas falsas conllevan prisión preventiva, cuando superen los 8.6 millones de pesos.
Prisión preventiva por delitos fiscales
En este contexto, el titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), Carlos Romero Aranda, advirtió que la decisión atenta en contra de la recaudación de impuestos. Esto se debe a que no habría la percepción de riesgo que se generó con la reforma penal fiscal.
Sin embargo, información publicada por El Universal indica que expertos consideran que la autoridad cuenta con otras herramientas, para mantener la fiscalización y fortalecer los ingresos tributarios.
De acuerdo con el vicepresidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Héctor Amaya, tal vez no se tenga a la mano la prisión preventiva oficiosa para factureras que defrauden, pero sí otros medios para que los contribuyentes se pongan a mano.
Recaudación tributaria
El SAT ya trabajó con los grandes contribuyentes para obtener más recaudación, y ahora seguirán los de mediana capacidad, a quienes se les exigirá ponerse al día, considera el integrante del IMCP.
“De alguna forma, no creo que vaya a darse una caída abrupta”, asegura.
El socio director del área legal de la firma Baker Tilly, Adrián Bueno, considera que la decisión de la SCJN no afectará la recaudación.
Además, explicó que el efecto sólo sería señalar que los delitos fiscales no deben considerarse asunto de seguridad nacional, y por eso no debe aplicarse la prisión preventiva oficiosa.
El Universal señaló que los especialistas coinciden en que todavía no se ha analizado el otro caso relevante de la acción de inconstitucionalidad, sobre si debe considerarse o no como delincuencia organizada. Eso quiere decir que el asunto aún no concluye.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.