La prueba pericial contable es ineficaz para dilucidar cuestiones exclusivamente jurídicas
Un tribunal determinó que la prueba pericial en materia contable es ineficaz para determinar si existió fuente de riqueza en el extranjero.
La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), en su artículo 40, establece que en los juicios que se tramiten ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), serán admisibles toda clase de pruebas. Excepto la prueba de confesión de las autoridades mediante absolución de posiciones y la petición de informes, salvo que estos se limiten a hechos que consten en documentos que obren en poder de las autoridades.
La prueba es admisible cuando se requieren conocimientos especiales
Por su parte, el artículo 143 del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC), de aplicación supletoria a la LFPCA, señala que la prueba pericial tendrá lugar en las cuestiones de un negocio relativas a alguna ciencia o arte.
Dicha prueba sirve para que el tribunal pueda compenetrarse de los problemas de orden técnico, que surjan para la decisión del litigio.
La prueba pericial contable es ineficaz para dilucidar cuestiones exclusivamente jurídicas
Por eso, un tribunal recientemente determinó que si el litigio a aclarar consiste en determinar si existió fuente de riqueza en el extranjero y, por ende, si procede o no el acreditamiento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) pagado en el extranjero, la prueba pericial en materia contable es ineficaz para probarlo. De modo que, no guarda relación con cuestiones técnicas contables, sino con situaciones de hecho o derecho que corresponden valorar exclusivamente al juzgador.
Esto lo reiteró la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), al resolver un juicio contencioso administrativo. Y la tesis forma parte de los precedentes de la Sala Superior.
Puedes revisar la tesis del TFJA aquí / Páginas: 107 y 108 / Criterio de búsqueda: Prueba pericial en materia contable / Clave: VIII-P-1aS-855 / Publicación: septiembre de 2021.
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