Los CFDI deberán tener el código postal del receptor a partir del 2022
Como parte de los cambios fiscales para 2022, se estableció que los CFDI deben tener el código postal del receptor.
Con la Miscelánea Fiscal para 2022, se implementaron diversos cambios en artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) en materia de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
En particular, se reformó la fracción IV del artículo 29-A para establecer que en el caso del receptor del CFDI, se debe indicar el código postal del domicilio fiscal de la persona a favor de quien se expida, además del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal.
Actualización de los sistemas de facturación
De acuerdo con un artículo de Fiscalia, es probable que los negocios tengan el código postal de sus clientes en sus bases de datos, porque es un dato que comúnmente se solicita. Sin embargo, indica que el problema es que este dato no está contemplado actualmente en la estructura del XML del CFDI.
Por lo anterior, Fiscalia considera que para cumplir con la obligación mencionada, necesariamente se requiere actualizar la estructura del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), que contiene el estándar del XML del CDFI.
Además, señaló que la documentación técnica del CFDI 4.0 aún no se da a conocer oficialmente por la autoridad, pero será necesario ir planeando los cambios que los sistemas de administración y facturación requerirán, para incluir este dato en los CFDI.
– Con información de Fiscalia.
https://www.fiscalia.com/publicaciones/16545
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