Dado el dinamismo del marco jurídico fiscal, es necesario que los contribuyentes se mantengan al pendiente respecto el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, debiendo generar de manera interna una cultura preventiva en torno a contar con el soporte documental idóneo que construya evidencia de todas las operaciones reales que realicen y evitar con ello, cualquier tipo de contingencia en materia contable, fiscal e incluso penal.
¿Qué es una operación relevante?
Una operación relevante, debe ser entendida como aquella actividad que revela determinados puntos sobresalientes e importantes de las operaciones financieras y monetarias que lleva a cabo un contribuyente y que, dada su relevancia, la autoridad fiscal puede detectar puntos sobresalientes sobre los cuales se determine el pago de contribuciones.
Fundamento Legal
El CFF en su artículo 31-A establece como obligación de los contribuyentes informar y presentar a las autoridades fiscales de manera trimestral, aquella información relacionada con la celebración de las operaciones relevantes enlistadas en el citado artículo. Dicha obligación, se tendrá por incumplida, cuando el contribuyente no se ajuste a los plazos señalados o bien, presente la información con de manera incompleta o con errores.
Lineamientos de presentación
- Se deberá presentar la forma oficial 76 “Declaración informativa de operaciones relevantes”, conforme las especificaciones de la Regla 2.8.1.15 de la Resolución Miscelánea para 2021.
- Se deberá observar lo dispuesto en la ficha de trámite 230/CFF “Declaración Informativa de Operaciones Relevantes”, contenida en el Anexo 1-A, para su presentación.
- Quedan relevados de dicha obligación, los contribuyentes distintos de aquellos que componen el sistema financiero, así como los que optaron por dictaminar sus estados financieros por contador público, y que hayan cumplido con dicha presentación en tiempo y forma, cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60’000,000.00 de pesos.
Importancia de la Materialidad en dichas operaciones
El tema de la materialidad de las operaciones se encuentra inmerso en el actuar cotidiano de los contribuyentes y con mayor razón debe estar presente en aquellas operaciones que dada su relevancia signifiquen mayor atención y control por parte de la autoridad recaudatoria. En materia de celebración de operaciones relevantes, el contribuyente además de presentar la declaración informativa conforme a Ley, deberá contar con el soporte jurídico de las mismas, con la finalidad de no dar pauta a la autoridad fiscal para el acreditamiento de presunción de operaciones inexistentes. En dicho contexto, se recomienda al contribuyente, alinear cada una de sus operaciones de relevancia con el soporte jurídico adecuado que compruebe fehacientemente su celebración, es decir, deberá tener todos los elementos que acrediten la materialidad y razón de negocio de dichas operaciones.
Conclusión
En la actualidad, los conceptos de materialidad y razón de negocios no son nuevos, sin embargo, la cultura del contribuyente se ha visto encaminada a ser correctiva en lugar de preventiva, resultando indispensable incorporar como hábito administrativo y de prevención de los contribuyentes el integrar la materialidad de sus operaciones reales que denote evidencia de su correcta celebración, así como, implementar y/o fortalecer constantemente sus procesos de control interno, determinando la forma de documentar, resguardar y comprobar dichas operaciones, con el fin de disminuir riesgos e imposiciones tributarias innecesarias.
Autores:
C.P.C. Eduardo García Hidalgo, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México
Lic. Sarahi Martínez Molina