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¿Qué es la homonimia en materia fiscal?

¿Qué es la homonimia en materia fiscal?

(Imagen: El Contribuyente)

Conoce qué es y cuándo se considera un caso de homonimia.

Cuando a un contribuyente le cobran un adeudo fiscal y sabe que él no lo generó, puede tratarse de un caso de homonimia.

La Real Academia Española (RAE) define el término homonimia, como la persona o cosa con respecto de otra, que tiene el mismo nombre.

Definición de homonimia por la Prodecon

De acuerdo con un artículo publicado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), cuando diferentes personas tienen nombres iguales o parecidos, los actos realizados por uno de ellos pueden afectar directa o indirectamente en la vida cotidiana de los otros, sin que estos últimos hayan intervenido en la producción de dichos sucesos y sus correspondientes resultados.

Por eso, la Prodecon considera que la homonimia puede representar un verdadero dolor de cabeza para los pagadores de impuestos.

Afectaciones en materia fiscal para los contribuyentes

Lo anterior se debe a que la indebida e incorrecta individualización de las conductas previstas en la norma, por las autoridades de cualquier índole, pueden arrastrar consecuencias jurídicas importantes que podrían afectar la libertad, la honra o el patrimonio de las personas.

Para explicar una de las principales afectaciones en materia fiscal, la Prodecon expuso el siguiente ejemplo:

Las autoridades, cuando tienen controlado un crédito fiscal a cargo de una persona, cuentan con facultades para llevar a cabo un procedimiento de cobro coactivo, con el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE). Es decir, tienen plena facultad de requerir el pago del adeudo y, si éste no se realiza en el momento, puede proceder al embargo de bienes a nombre del deudor.

Pero en caso de existir una homonimia, es aquí donde se corre el riesgo de que la autoridad embargue bienes pertenecientes a una persona que en realidad no tiene la calidad de deudora ante el fisco.

En este contexto, la Prodecon publicó un artículo en el que indica lo que pueden hacer los contribuyentes ante esta situación.

Puedes ver la información que publicó la Prodecon aquí / Páginas: 64 a la 66 / Fecha de publicación: septiembre de 2021.


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