La Secretaría de Hacienda publicó las bases fiscales del Sorteo del Buen Fin.
Ayer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación las bases de estímulos fiscales para el Buen Fin 2021.
Estos son los puntos más importantes del decreto:
Artículo primero
Se otorga un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular.
Dicho estímulo fiscal consiste en acreditar contra el ISR propio o el retenido a terceros por este impuesto, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades, por cuenta del Gobierno Federal, a las siguientes personas:
- Tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el Buen Fin, siempre y cuando sean los ganadores del sorteo del SAT.
- Personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito. Los ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no pueden superar los cinco millones de pesos.
Artículo segundo
Artículo tercero
Artículo séptimo
Por último, hay que señalar que el SAT no ha dado a conocer las reglas de carácter general que regirán el sorteo.
Con información de El Universal
https://www.eluniversal.com.mx/cartera/ganadores-del-sorteo-el-buen-fin-no-pagaran-impuestos-informa-hacienda
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