Los contribuyentes que trasladen mercancías sin un CFDI con complemento carta porte, podrán enfrentar diversos problemas fiscales.
El nuevo complemento carta porte (CCP), que se incluirá a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), comenzará a utilizarse en modo de prueba el 1 de diciembre de 2021, y de manera obligatoria a partir del 1 de enero de 2022.
Se trata de un documento que debe acompañar en todo momento a la mercancía que se traslada de un lugar a otro, con el que se podrá acreditar, además de la transportación, su legal estancia o tenencia.
Consecuencias por no expedir el CFDI con complemento carta porte
En este contexto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) indicó que cuando no se cumpla con la expedición del CFDI con su complemento carta porte, obligatorio a partir del 1 de enero de 2022, se podrán enfrentar diversas contingencias fiscales.
La Prodecon señaló que lo anterior podría afectar la situación fiscal de los contribuyentes, y expuso los siguientes ejemplos de las consecuencias por no expedir el CFDI con complemento carta porte:
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La autoridad podría imponer una multa por no expedir o entregar el CFDI, o por no acompañar la mercancía con este comprobante para amparar su transporte por territorio nacional.
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No se podrá demostrar el origen y destino de la mercancía, considerándose como posible mercancía ilegal.
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No se podrá deducir la erogación que se realice por el servicio de transportación para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR) y por lo tanto no se podrá acreditar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Puedes ver la información que publicó la Prodecon aquí / Páginas: 45 a la 47 / Fecha de publicación: septiembre de 2021.
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