el Contribuyente

¿Qué pasó con la retención del 6% de IVA a la subcontratación?

Ya se derogó la obligación de retener el 6% del IVA

(Imagen: El Contribuyente)

La retención del 6% de IVA sobre servicios en los que se ponga personal a disposición del cliente, se derogó a partir del 1 de septiembre de 2021.

Con la reforma al outsourcing o subcontratación laboral, se derogó la obligación de retener el 6% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre servicios en los que se ponga personal a disposición del cliente. Esto aplica para personas físicas y morales a partir del 1 de septiembre de 2021.

De acuerdo con información publicada por Fiscalia, esta derogación conlleva una serie de complicaciones en la práctica que no serán de fácil solución, como los siguientes:

Retención del 6% de IVA sólo de negocios inscritos en el REPSE

La obligación de retener el IVA se mantuvo vigente durante un periodo transitorio. Pero la prohibición de poner personal a disposición de un cliente está vigente desde el 24 de abril de 2021, salvo por los casos en que se trate de negocios inscritos en el registro de prestadoras de servicios especializados y obras especializadas (REPSE).

Por eso, Fiscalia destacó que que la retención se debía hacer únicamente sobre servicios especializados que cuenten con registro en el REPSE. De lo contrario, serían servicios que están prohibidos y, en consecuencia, no debería proceder su contratación y, en su caso, se deberá demostrar que no se contrató un servicio prohibido.

Emisión anticipada de facturas con retención del 6% de IVA 

Fiscalia también explicó que en el ambiente de negocios es práctica común que las facturas de proveedores se reciben para su autorización y posteriormente se pagan. Estos procesos pueden ser rápidos o pueden tardar meses si el proveedor otorga un plazo para la liquidación del adeudo.

Pero actualmente se puede presentar un problema con las facturas de servicios de subcontratación permitidos, expedidas antes de la derogación de la retención del 6% de IVA. Esto se debe a que se pudieron emitir facturas anticipadamente, y cuando se paguen estaría derogada la retención.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/16204


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