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Financiamientos entre partes relacionadas sin razón de negocios serán “créditos respaldados” en 2022

Con un cambio propuesto para 2022, se establecerá que se le dará el tratamiento de un “crédito respaldado” a aquellos financiamientos entre “partes relacionadas” que carezcan de una razón de negocios.



Financiamientos entre partes relacionadas sin razón de negocios será un “crédito respaldado” en 2022
(Imagen: El Contribuyente)
21 septiembre, 2021

El 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda entregó al Congreso de la Unión la propuesta de Paquete Económico 2022, que se integra por los documentos con las proyecciones macroeconómicas, las propuestas de ingresos y de egresos, y diversas reformas y adecuaciones fiscales.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), entre las reformas y adecuaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) se encuentra un cambio relacionado con “créditos respaldados” sin una razón de negocios.

Se consideran “créditos respaldados” aquellas operaciones en las que una persona otorga un financiamiento y el crédito está garantizado por efectivo, depósito de efectivo, acciones o instrumentos de deuda de cualquier clase, de una “parte relacionada” o del mismo acreditado, en la medida en la que esté garantizado de esta forma.

Mientras que el concepto de “partes relacionadas” se utiliza para referirse a dos o más personas que participan de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra.

“Créditos respaldados” sin una razón de negocios

En este contexto, el IMEF indicó que en la propuesta para 2022 se reforman las reglas para señalar que también se le dará el tratamiento de un “crédito respaldado” (o sea que el interés se considerará dividendo) a aquellos financiamientos entre “partes relacionadas” que carezcan de una razón de negocios.

A través de un documento, el IMEF señaló que ante esta situación y a falta de más disposiciones en la propuesta, las empresas deberán probar que efectivamente dichos financiamientos fueron destinados a un fin de negocios, para que puedan evitar darle el tratamiento de dividendos.

El IMEF también consideró que la autoridad deberá emitir algunas reglas para aclarar, en estos casos, cuáles serían los medios de prueba documental o de cualquier otro tipo legal, con las cuales las empresas acreditadas podrán evitar caer en este riesgo.


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