el Contribuyente

Covid-19 genera 3.5 millones de incapacidades y ausencias laborales

Hasta el momento, la cantidad de incapacidades generadas por el virus después de la llamada “tercer ola” es de 3.5 millones de casos.

La pandemia por el Covid-19 ha provocado una pérdida aproximada de 35 millones de jornadas laborales, según el director de Prestaciones Económicas y Sociales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mauricio Hernández Ávila.

“El costo para el país, la seguridad social y las empresas, en términos de producción y ausentismo no planeado, es enorme”, dijo el funcionario.

Como menciona El Economista, en el periodo de abril de 2020, hasta mediados de agosto de 2021, el IMSS ha otorgado 3.5 millones de incapacidades. Según Hernández Ávila, de este 3.5, “175,000 se han extendido de manera digital en el aplicativo Permiso covid-19”. Es decir, solo 5% se han tramitado por internet y 95% en forma presencial.

El IMSS habilitó la vía digital para generar la incapacidad por Covid-19 a través de su página web y de su aplicación IMSS, no obstante, la mayoría de las personas han hecho el trámite de manera presencial.

“La mayoría de las personas acuden a las unidades médicas directamente para realizarse la prueba. Y eso también está bien, así tienen un mejor diagnóstico”. Sin embargo, los 175,000 trámites en línea “significan un número mucho mayor de propagación de contagios que se evitaron” al quedarse en casa.

Cómo se determina Covid-19 como riesgo de trabajo

Si el contagio se provocó en el centro de trabajo o realizando actividades relacionadas propias de su labor, el IMSS calificará esto como enfermedad de trabajo y el trabajador tendrá el derecho de recibir el 100% de su salario.

No obstante, si el contagio se generó bajo otro contexto, recibirá únicamente el 60% del salario base registrado por parte de la empresa ante el Instituto.

El IMSS inició una búsqueda proactiva de casos en las empresas registradas y seleccionó a las que considera de muy alto riesgo en el sector salud. En esta búsqueda se identificaron 326 decesos asociados con el virus, sin embargo, estas defunciones no fueron catalogadas como riesgo de trabajo.

El no ser catalogadas dentro de riesgo de trabajo se relaciona directamente con el monto de pensión que reciba su familia, ya que si el trabajador fallecido estaba casado o vivía con su pareja, ésta tendrá derecho a un 40% de lo que se le hubiera otorgado al trabajador por una incapacidad permanente total.

Para el caso de que la enfermedad no fuese asociada al trabajo, la pensión por viudez será del 90% de lo que el trabajador hubiera recibido por la pensión por invalidez; esta equivalente al 35% del salario recibido, en otras palabras, no sería ni la tercera parte de su salario.

Hernández Ávila menciona: “Localizamos a 243 familias y se reconocieron como enfermedad de trabajo a 132. Fue un ejercicio muy bueno, porque la mayoría eran trabajadores que no completaban las 150 semanas de cotización y, por lo tanto, les habían negado el derecho. Pero los rescatamos”, comentó.

Hernández Ávila mencionó que la familia de un trabajador que haya fallecido por el Covid-19 se puede acercar al instituto para analizar el caso y así beneficiarse del programa.

 

Con información de El Economista

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/La-Covid-19-no-cede-suma-ya-3.5-millones-de-incapacidades-y-ausencias-laborales-20210831-0093.html

 

Te puede interesar

https://www.elcontribuyente.mx/2021/08/incapacidad-por-covid-19-el-imss-hizo-ajustes-en-el-tramite/


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil