La retención de 6% del IVA se mantendrá con la prórroga del outsourcing
La retención del impuesto se iba a derogar a partir del 1 de agosto, pero con la prórroga para concluir las obligaciones en materia de outsourcing se extiende un mes más la derogación.
El 24 de abril, entró en vigor la reforma al outsourcing o subcontratación laboral.
Con la reforma se prohíbe la subcontratación de personal, que se entiende como poner personal a disposición de un contratante o cliente, pero se permite la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas. [Ley Federal del Trabajo (LFT) 13].
Para poder ofrecer servicios especializados, las empresas deben inscribirse al padrón o registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE).
La obligación de retener el 6% del IVA
En este contexto, de acuerdo con una nota publicada por Fiscalia, a pesar de que la disposición de personal se encuentra prohibida por la LFT, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aún contempla la obligación de retener un 6% del impuesto cuando se trate de servicios que consistan en poner personal a disposición del contratante. [Ley del IVA 1-A, fracción IV].
Vigencia y eliminación de la retención
La nota indica que la obligación de retener el 6% del IVA se mantuvo vigente durante un periodo transitorio y se iba a derogar a partir del 1 de agosto de 2021. Pero con la prórroga para concluir las obligaciones en materia de outsourcing, se extiende un mes más la derogación de la obligación de retener el IVA.
Ante la prórroga, Fiscalia destacó que la retención de 6% del IVA se debería estar haciendo únicamente sobre servicios especializados que cuenten con registro en el REPSE. De lo contrario, serían servicios que están prohibidos y, en consecuencia, no debería proceder su contratación.
La obligación de inscribirse en el REPSE, para los prestadores de servicios, vence el 30 de agosto de 2021, por lo que tienen hasta esta fecha para contar con su registro.
– Con información de Fiscalia.
https://www.fiscalia.com/publicaciones/16063
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.