En caso de que el contribuyente quiera corregir o cambiar datos de identidad ante el SAT, debe presentar el Aviso de corrección o cambio de nombre.
Cuando un contribuyente detecta que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tiene algún error en sus datos de identidad como nombre, apellidos o fecha de nacimiento, debe corregirlo haciendo un trámite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto también aplica si el pagador de impuestos cambió su nombre.
¿Cómo se corrigen o cambian datos de identidad ante el SAT?
En caso de que el contribuyente quiera corregir o cambiar su nombre, apellidos o fecha de nacimiento en el RFC, debe presentar el Aviso de corrección o cambio de nombre.
Dicho trámite es para personas físicas que quieran cambiar o corregir sus datos de identidad, y sólo se puede presentar de manera presencial en las oficinas del SAT.
¿Cuándo se debe presentar el aviso?
De acuerdo con el SAT, el aviso se debe presentar dentro del mes siguiente a aquél en el que se lleve a cabo la corrección o cambio de identidad, y la duración máxima del trámite es de 40 minutos.
¿Cómo se presenta el aviso?
Para presentar el aviso, el contribuyente debe seguir los siguientes pasos:
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Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
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Entrega la documentación.
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Proporciona la información que te solicite el asesor fiscal.
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Recibe acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos para presentar el Aviso de corrección o cambio de nombre, son los siguientes:
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Acta de nacimiento expedida por el Registro Civil en copia certificada u obtenida en el portal www.gob.mx/actas (formato único), donde consten los datos a corregir o contar con CURP.
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Documento migratorio vigente expedido por autoridad competente, en el que conste el nuevo nombre, en caso de extranjeros. [Original].
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Carta de naturalización. [Original].
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Identificación oficial vigente del contribuyente o del representante legal como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE) vigente, pasaporte, cédula profesional vigente, licencia de conducir y en el caso de menores de edad permiso para conducir o credencial emitida por instituciones de educación pública o privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal (CIP) emitida por el Registro Nacional de Población (Renapo) de la Secretaría de Gobernación, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam) vigente. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). [Original].
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Poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público. [Original].
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En caso de menores de edad, los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor y actúen como representantes de los mismos, deben presentar:
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Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil, u obtenida en el portal www.gob.mx/actas (formato único), resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela. [Original].
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Manifestación por escrito de conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de copia fotostática de sus identificaciones oficiales vigentes. [Original].
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Identificación oficial vigente de los padres o tutores que funjan como representantes del menor, como: credencial para votar expedida por el INE vigente, pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Inapam vigente, en caso de extranjeros, documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, prórroga o refrendo migratorio. [Original].
Puedes ver la información sobre el Aviso de corrección o cambio de nombre aquí.
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