Debido a la intervención de Adame en el caso Laura Bozzo, surge la duda de si puede ser considerado un “tercero colaborador fiscal”.
Recientemente se dio a conocer que la polémica conductora de televisión, Laura Bozzo, fue vinculada a prisión preventiva, por la defraudación fiscal por 13 millones de pesos.
La presentadora de origen peruano se le acusa de ser “depositaria infiel”. Esto se debe a que vendió una propiedad embargada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que garantizaba el pago de una deuda de más de 13 mdp.
Debido al valor de la garantía defraudada, la comentadora pudiera pasar en prisión de tres a nueve años.
¿Adame puede ser considerado un “tercero colaborador fiscal”?
Recientemente, en una entrevista, el conductor de televisión Alfredo Adame indicó que él fue quien reveló al SAT las presuntas acciones cometidas por Laura Bozzo.
“Sin ningún tapujo ni nada, me comunico con la Secretaría de Hacienda, con el Servicio de Administración Tributaria y les digo: ‘Laura Bozzo, la conductora de televisión, cometió un delito. Vendió un condominio que ustedes tienen embargado’. ‘¡No me diga!’ me dicen los del SAT’”, contó el conductor de televisión.
De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, la intervención de Adame genera la duda, desde el punto de vista técnico, de si puede ser considerado un “tercero colaborador fiscal”.
¿Qué es el “tercero colaborador fiscal” del SAT?
La figura del “tercero colaborador fiscal” es de reciente creación y se define como la persona que cuenta “con información que no obre en poder de la autoridad fiscal”, relativa a contribuyentes que han participado en la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes. [Código Fiscal de la Federación (CFF) 69-B Ter].
Debido a lo anterior, el artículo indica que la figura del tercero colaborador aplica únicamente para los casos relacionados con la compra-venta de facturas, lo cual no es el caso que se presenta con la participación de Adame en el caso de Laura Bozzo.
Anuncio no oficial del SAT para que los contribuyentes paguen
Además, Fiscalia considera que aunque los hechos han evolucionado desde hace años, el suceso viene a ser un “anuncio no oficial” por parte de la autoridad fiscal para invitar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones. Esto se debe al ambiente fiscal severo de la actual administración tributaria.
– Con información de Fiscalia.
https://www.fiscalia.com/publicaciones/16159
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