El SAT actualizó las preguntas frecuentes del complemento “carta porte”
Conoce la nueva versión de preguntas frecuentes sobre el complemento “carta porte” que publicó la autoridad fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó una segunda versión de preguntas frecuentes relacionadas con el nuevo complemento “carta porte”.
Como parte de la información, el SAT insistió en que el complemento “carta porte” es requisito de deducción.
Preguntas frecuentes sobre el complemento “carta porte”
Las siguientes son algunas de las preguntas y respuestas de la nueva versión que publicó la autoridad fiscal:
1. Soy una empresa dedicada al transporte de bienes o mercancías, ¿es necesario expedir el CFDI de tipo ingreso con el complemento “Carta Porte”, para estar en posibilidad de acreditar el traslado de las mercancías o bienes en territorio nacional?
Sí, ya que únicamente con la representación impresa o en formato digital de un CFDI de tipo ingreso al que se le incorpore el complemento “Carta Porte”, podrás acreditar la tenencia y el traslado de las mercancías.
2. ¿Qué es un Intermediario o Agente de Transporte?
Es la persona que presta el servicio de logística para el transporte de mercancías.
3. Si funjo como intermediario, o bien, como agente de transporte en un traslado de bienes o mercancías, ¿es necesario emitir un CFDI de tipo ingreso con el complemento “Carta Porte”?
No, en este caso se debe emitir un CFDI de tipo traslado con el complemento “Carta Porte”.
4. ¿En qué momento debo emitir un CFDI de tipo ingreso y en qué momento uno de tipo traslado con el complemento “Carta Porte”?
El CFDI de tipo ingreso con complemento “Carta Porte” debe emitirse de manera previa a que se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías por cualquier medio de transporte, ya sea por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial.
Mientras que el CFDI de traslado con complemento “Carta Porte”, debe emitirse previo a iniciar el traslado de las mercancías o bienes.
5. Cuándo se utilicen diversos medios de transporte ¿estos se deben registrar en el mismo comprobante?
Si, ya que el complemento “Carta Porte”, está diseñado para registrar tantos medios de transporte se utilicen para el traslado de mercancías.
6. Para efectos del traslado en territorio nacional de mercancía de importación o de exportación, ¿será necesario emitir un CFDI con el complemento “Carta Porte”?
Sí, se debe emitir un CFDI con el complemento “Carta Porte, y adicionalmente se deberá de contar con los documentos que sirven para amparar el traslado de los bienes o mercancías de manera internacional.
7. Si contrato los servicios de transporte para trasladar mis mercancías y el CFDI que me expide el transportista no contiene el complemento “Carta Porte”, ¿puedo deducir el servicio de transporte contratado?
A partir del 30 de septiembre de 2021, no podrán deducirse los servicios de transporte de bienes o mercancías con un CFDI de tipo ingreso sin complemento “Carta Porte”, por no cumplir con los requisitos de deducibilidad de los comprobantes fiscales.
Puedes ver la nueva versión de preguntas y respuestas que publicó el SAT sobre el complemento “carta porte” aquí / Fecha de publicación: 1 de julio de 2021.
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