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Tope de pensiones del ISSSTE se calculará con UMA y no con salario mínimo

Una nueva jurisprudencia de la SCJN determinó que las pensiones de trabajadores del Estado deben calcularse con la UMA.



30 junio, 2021

El viernes pasado, se publicó una nueva jurisprudencia de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) sobre la pensión de trabajadores del Estado.

Se determinó que el cálculo de estas pensiones debe basarse en la unidad de medida de actualización (UMA) y no en el salario mínimo general.

Actualmente, el valor de la UMA es de 89.62 pesos diarios y 2 mil 724.45 pesos mensuales; el valor del salario mínimo es de 141.70 pesos diarios y 4,307.68 pesos mensuales.

La jurisprudencia señala que el monto máximo de la pensión del ISSSTE debe cuantificarse en UMA. Así, se termina el proceso que inició en febrero de este año cuando se debatía cómo debía calcularse la pensión.

La justificación

La jurisprudencia explica que el salario mínimo constituye la remuneración mínima a que tiene derecho todo trabajador según el artículo 123 de la Constitución Federal.

Por otro lado, la UMA se creó con el propósito de recuperar el poder adquisitivo del salario mínimo; así, la UMA sustituyó al salario mínimo como índice, base, medida o referencia en el pago de multas, asuntos admirativos, etc.

Cuando se hizo esta reforma, se estableció en el artículo 123 que el salario mínimo no puede ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza laboral. Esto significa que el salario mínimo no se puede utilizar como referencia para el pago de multas, obligaciones mercantiles y asuntos administrativos.

Así, aunque la SCJN reconoce que la pensión es un derecho derivado de un vínculo laboral, decidió que su cálculo es un asunto administrativo y no laboral.

Reprueban jurisprudencia

Algunos especialistas han reprobado la decisión de la SCJN porque perjudica gravemente a los pensionados. En entrevista con El Economista, María Ascensión Morales, especialista en derecho del trabajo, dijo que la jurisprudencia viola los derechos humanos. Además, va contra lo establecido en el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Por otra parte, el especialista laboral Manuel Fuentes dijo en su columna de opinión en La Silla Rota que la SCJN esperó mucho más de lo normal para dar a conocer el fallo.

Normalmente, según Fuentes, las jurisprudencias se publican dos semanas después. En este caso, pasaron 18 semanas; es decir, 128 días para que se publicara.

De acuerdo con el especialista, esto se debe a que la SCJN esperó a que pasaran las elecciones del 6 de junio para evitar el costo electoral de la decisión.

Algunas consideraciones

Es importante aclarar que la jurisprudencia solamente afecta a las pensiones del ISSSTE. En cambio, las del sector privado se calculan según lo establecido en la Ley del IMSS, donde sí se utiliza el salario mínimo como referencia.

Por último, como señala El Economista, la jurisprudencia no afectará los pensiones que ya recibían su pago calculado en salarios mínimos. Desde el lunes 28 de junio, todos los tribunales que reciban demandas contra el ISSSTE por aumento de las pensiones con base en el salario mínimo, tendrán que aplicar esta jurisprudencia.

 

Con información de El Economista, La Silla Rota y Billie Parker Noticias

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/SCJN-reitera-Pensiones-de-burocratas-se-calcularan-en-UMAs-no-en-salarios-minimos-20210628-0135.html

https://lasillarota.com/opinion/columnas/la-corte-da-trato-electoral-al-golpeteo-de-las-pensiones/534479

htps://billieparkernoticias.com/entra-en-vigor-decision-de-la-scjn-para-achicar-pensiones/

 

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