el Contribuyente

Pasos a seguir para el registro en el padrón de servicios especializados o REPSE

Servicios especializados enfrentan problemas para su registro

(Imagen: El Contribuyente)

Conoce los pasos y algunas consideraciones para el Registro de empresas que prestan servicios especializados u obras especializadas (REPSE).

El 24 de mayo, la Secretaría del Trabajo publicó un acuerdo que contiene las disposiciones generales para las empresas que quieran registrarse en el padrón de servicios especializados. Formalmente, el padrón se llama Registro de empresas que prestan servicios especializados u obras especializadas (REPSE).

Quienes deben registrarse en el REPSE, son las personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas, que pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

Plataforma para que se registren las empresas

En el acuerdo se dio a conocer la dirección de internet del sitio oficial para realizar el registro: http://repse.stps.gob.mx

De acuerdo con una guía gráfica publicada por Fiscalia, se trata de un sistema con buen diseño de usabilidad, intuitivo y fácil de entender. 

La guía indica que el tiempo de llenado puede ser extenso por la cantidad de datos y documentos que se solicitan. Pero el sistema guarda los datos capturados y, en caso de abandonar la sesión y continuar en un momento posterior, el sistema partirá desde el punto en que el usuario lo dejó.

Pasos a seguir para el registro en el padrón de servicios especializados

La guía de Fiscalia expone los siguientes pasos y consideraciones para el registro en el padrón de servicios especializados:

1. Ingresar con la firma electrónica (e.firma) del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Es importante considerar que en muchas ocasiones es necesario ingresar dos veces con la firma electrónica para que aparezca el formulario. Existen usuarios que han ingresado su firma electrónica, y al acceder les vuelve a aparecer la página para ingresarla de nuevo.

2. Leer los términos y condiciones y, en caso de estar de acuerdo, aceptarlos mediante la selección de la casilla “Aceptar Términos y Condiciones”.

3. Ingresar los datos generales y de contacto.

4. El sistema valida de forma automática que la persona se encuentra al corriente en sus obligaciones ante el SAT, IMSS e Infonavit.

Si la empresa no se encuentra al corriente en alguna de sus obligaciones, primero deberá corregir su situación para posteriormente continuar con el procedimiento.

5. Se solicitan los datos del acta constitutiva.

6. Se solicitan los datos del objeto social de la persona moral, así como cargar un archivo PDF donde se resalten las actividades que se desea registrar en el padrón. Éstas serán las únicas por las que se podrá ser subcontratado.

7. Ingresar de manera individual cada una de las actividades, del objeto social, que se deseen registrar en el padrón. Se recalca que únicamente se podrá solicitar el registro de actividades contenidas en el objeto social del acta constitutiva.

8. Al pulsar sobre “confirmar actividad” aparecerá un amplio cuestionario que debe completarse para registrar la actividad.

Al concluir el llenado del cuestionario, por cada actividad, el sistema indicará que el cuestionario para dicha actividad está completado.

9. Indicar datos del registro patronal. Se pide cargar un archivo PDF el cual no indica qué debe contener, pero se asume que es el documento de alta patronal en el IMSS.

10. Indicar el domicilio fiscal y domicilios adicionales de sucursales o domicilios adicionales, así como la ubicación en el mapa.

La ubicación en el mapa se prevé para cada uno de los domicilios adicionales que se registren.

11. En el apartado “Documentación” se cargan los documentos solicitados.

Se solicita un comprobante de nómina en XML. Pero no se especifica de qué período o de qué persona, pareciera que con cualquier Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina se cubre el requisito.

12. Una vez revisada la información, se procede con la finalización del registro.

Se recomienda archivar el acuse de recibo del trámite donde aparezca el número del trámite para efectos de dar seguimiento a la solicitud.

La información sobre el trámite será enviada a los medios de contacto proporcionados al inicio del procedimiento.

Puedes ver el procedimiento para el registro en el padrón de servicios especializados que publicó la Secretaría del Trabajo aquí y la guía que publicó Fiscalia aquí / Fecha de publicación: mayo de 2021.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil