Los 13 contribuyentes no contaban con activo o personal para realizar sus actividades.
Ayer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.
Transcurrido el plazo para aportar la documentación e información y, en su caso, el de la prórroga, la autoridad, en un plazo que no excederá de cincuenta días, valorará las pruebas y defensas que se hayan hecho valer y notificará su resolución a los contribuyentes respectivos a través del buzón tributario. Dentro de los primeros veinte días de este plazo, la autoridad podrá requerir documentación e información adicional al contribuyente, misma que deberá proporcionarse dentro del plazo de diez días posteriores al en que surta efectos la notificación del requerimiento por buzón tributario. En este caso, el referido plazo de cincuenta días se suspenderá a partir de que surta efectos la notificación del requerimiento y se reanudará el día siguiente al en que venza el referido plazo de diez días. Asimismo, se publicará un listado en el DOF y en la página de Internet del SAT, de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo de este artículo. En ningún caso se publicará este listado antes de los treinta días posteriores a la notificación de la resolución.
13 contribuyentes nuevos a la lista negra
En esta lista se encuentran 13 contribuyentes que sí aportaron pruebas al SAT para desmentir las acusaciones de que eran factureras; sin embargo, no lograron desvirtuarlas. Por esto, se encuentran definitivamente en el supuesto del primer párrafo del artículo 69-B:
Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.
Así estos 13 contribuyentes se unen a las listas del SAT por usar facturas para amparar operaciones simuladas.
R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente |
Domicilio Fiscal |
AAGJ890312M1A | ALVAREZ GUERRA JORGE LUIS |
Guadalupe, Zacatecas |
BVT041008863 | COMPAÑIA BELAU DEL VALLE DE TOLUCA, S.A. DE C.V. |
Toluca, Estado de México |
CAN120120EG9 | COORDINACION AVANZADA DE NEGOCIOS, S.A. DE C.V. |
Benito Juárez, Quintana Roo |
DAI1610117C0 | DG ASESORIA INTEGRAL, S.C. |
Guadalajara, Jalisco |
DRS870210PX3 | DISTRIBUIDORES Y REPRESENTANTES DEL SUR, S.A. DE C.V. |
Azcapotzalco, Ciudad de México |
ICC150625MT9 | INNOVACION CORPORATIVA CERCI, S.A. DE C.V. |
Cuauhtémoc, Ciudad de México |
MAJL751219TP3 | MARTINEZ JIMENEZ LUIS FRANCISCO |
Silao de la Victoria, Guanajuato |
NEL170627838 | NORMANDY ELEC, S.A. DE C.V. |
Guadalajara, Jalisco |
NLA160802335 | NOSDE LAM, S.A. DE C.V. | Guadalajara, Jalisco |
PCV160706MG8 | PROYECTOS CONSULTIVOS DEL VALLE, S.A. DE C.V. |
Tuxtla Gutierrez, Chiapas |
PSD0910124K0 | PRESTADORA DE SERVICIOS DIKEN, S.A. DE C.V. |
Zapopan, Jalisco |
PUB1601145S7 | PUBLITOOLS, S.A. DE C.V. | Puebla, Puebla |
SCD160603S63 | SKOLEN CALIDAD Y DESARROLLO, S.C. |
Miguel Hidalgo, Ciudad de México |
La mayoría de ellos se encuentra en la lista por no contar con activos o personal.
Con información de El Universal
https://www.eluniversal.com.mx/cartera/sat-rechaza-pruebas-que-presentaron-13-contribuyentes-senalados-como-factureros
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