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Conoce la 2a modificación a la Miscelánea Fiscal 2021, 3a versión anticipada

(Imagen: El Contribuyente)

Estos son los cambios previstos en la 3a versión anticipada de la 2a Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021.

El 4 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la tercera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021.

2a RMRMF 2021, 3a versión anticipada

En el documento mencionado se presentan los siguientes cambios:

2.7.1.9. CFDI que podrá acreditar el transporte de mercancías

La regla anteriormente señalaba que los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos acreditarían el transporte de dichas mercancías únicamente con un CFDI de tipo traslado al que se le incorpora el complemento “carta porte”. Ahora, con la reforma se elimina la referencia a “nacionales que formen parte de sus activos”, lo que implica que la regla aplica al traslado de cualquier mercancía, no solamente nacionales. Esto ya se contemplaba para los transportistas, pero ahora se extiende a los propietarios.

Anteriormente se señalaba que esta comprobación se haría cuando las mercancías se trasladaran por carreteras federales, o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial. Con el cambio, en lugar de referirse a carreteras federales, solamente se señala “por vía terrestre”, lo que implica que cualquier traslado, aún cuando no sea por carretera federal, será sujeto de comprobación mediante este CFDI de traslado con la “carta porte”.

Se señala que todos los contribuyentes que estén relacionados con el traslado de mercancías deberán expedir, en términos de lo previsto en la presente regla, el CFDI con complemento “carta porte”, de tipo traslado o de tipo ingreso, de acuerdo a su participación en la operación.

Artículo Primero Transitorio

Se aclara que esta disposición de la “carta porte” entra en vigor en los términos ya previstos con anterioridad. Es decir, el complemento “carta porte” entra en vigor a partir del 1 de junio de 2021.

Durante los 120 días naturales, siguientes al inicio de la vigencia del complemento “carta porte”, los contribuyentes señalados en la regla 2.7.1.9. podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento. Pero al finalizar dicho periodo, el uso del complemento “carta porte” será obligatorio para los citados contribuyentes.

Puedes ver los cambios previstos en la primera versión anticipada aquí y los cambios previstos en la segunda versión anticipada aquí.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/15787


Puedes ver la tercera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021 aquí / Fecha de publicación: 4 de junio de 2020.

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