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Conoce el caso de una devolución de ISR retenido en exceso por una afore

Conoce el caso de una devolución de ISR retenido en exceso por una afore

(Imagen: El Contribuyente)

La Prodecon apoyo a una contribuyente para que obtuviera su devolución del ISR retenido en exceso por una afore.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente compartió el caso de una persona que obtuvo una devolución del Impuesto sobre la Renta (ISR) pagado en exceso, retenido por su administradora de fondos para el retiro (afore) en 2012.

Una persona retiró el saldo de su subcuenta de retiro

De acuerdo con la Prodecon, en septiembre de 2012, una persona retiró el saldo de su subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), con la cantidad de 318 mil 773 pesos.

La afore realizó la retención de ISR

Sin embargo, la afore le retuvo la cantidad de 48 mil 866 pesos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), proporcionándole la constancia de pagos y retenciones.

La contribuyente desconocía el mecanismo para la retención

En ese momento, la contribuyente desconocía el marco legal y mecanismo que se había implementado para efectuar dicha retención.

Por lo anterior, la contribuyente acudió en 2017 a la Prodecon, buscando apoyo para elaborar un escrito dirigido a la afore, para que le indicará la mecánica y el marco jurídico que utilizó para realizar la retención del ISR. 

Una vez realizado el escrito, la contribuyente acudió a la afore para presentar su escrito. Pero se negaron a recibirlo. En este contexto, la Prodecon brindó a la contribuyente el servicio de quejas y reclamaciones. 

En el procedimiento de queja, la afore informó que la retención se realizó por la aplicación de la Regla I.3.10.5., de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2012, emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Dicha regla consideraba a los ingresos de las subcuentas de ahorro del RCV, como ingresos esporádicos.

Por eso, la Prodecon brindó a la contribuyente el servicio de representación y defensa legal, interponiendo el juicio de nulidad en contra de la citada regla.

El SAT negó el saldo a favor del ISR

El juicio de nulidad se resolvió el 31 de octubre de 2018, en el sentido de declarar su nulidad. La sentencia quedó firme por acuerdo el 21 de enero de 2019.

Con motivo de la sentencia definitiva, el 3 de abril de 2019, Prodecon asesoró nuevamente a la contribuyente, en la presentación de su declaración anual del ejercicio fiscal 2012. en la declaración se consideraron los ingresos por retiro recibidos de la subcuenta de RCV, conforme el artículo 112 de la Ley del ISR vigente en 2012.

Con la declaración presentada, a la contribuyente le resultó un saldo a favor de 7 mil 890 pesos, el cual se solicitó en devolución el 3 de abril de 2019.

El 25 de septiembre de 2019, se notificó vía buzón tributario la resolución definitiva a través de la cual el SAT negó el saldo a favor del ISR del ejercicio fiscal 2012.

El derecho a la devolución de ISR no se encontraba prescrito

La autoridad fiscal argumentó que su derecho a la devolución se encontraba prescrito al haber transcurrido el plazo de cinco años a partir de la fecha en la que tenía que presentar su declaración anual de 2012.

Por eso, la Prodecon nuevamente brindó a la contribuyente el servicio de representación y defensa legal. El ombudsman fiscal interpuso un juicio de nulidad en contra de la resolución del SAT.

La sentencia definitiva del juicio se obtuvo el 24 de agosto de 2020, en la que se determinó que el derecho de la contribuyente a solicitar la devolución del impuesto retenido por la afore, no había prescrito. 

Por lo anterior, el SAT devolvió a la contribuyente la cantidad actualizada de 11 mil 68 pesos

Puedes ver la información que compartió la Prodecon aquí / Fecha de publicación: 14 de junio de 2021.


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