El IMCP solicitó a la autoridad fiscal ofrecer una alternativa gratuita para que los contribuyentes puedan generar un CFDI de retenciones e información de pagos
Cuando en la realización de una actividad económica el contribuyente, sea persona física o moral, esté obligado a expedir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por las retenciones de impuestos que efectúe, o bien por los pagos realizados, debe generar un CFDI de retenciones e información de pagos (CRIP).
Algo importante sobre este CFDI, es que no se trata de la factura electrónica tradicional. Es decir, no es el mismo tipo de documento que se usa en un CFDI de ingresos, egresos, traslado, nómina o recibo de pago.
Aunque se incluye en el Anexo 20, de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), se trata de un documento especial, que contiene únicamente la información de pagos y retenciones de todo tipo, excepto de salarios. Entonces, para crearlo se necesita una herramienta diferente.
El problema es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no cuenta con una herramienta gratuita para este tipo de CFDI.
Por eso, los contribuyentes obligados a emitir este tipo de comprobantes tienen que contratar a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Pero en la mayoría de los casos, las empresas de software les venden el sistema como un módulo adicional al de facturación, para poder realizar este tipo de CFDI. Esto representa un gasto elevado y adicional, sobre todo para contribuyentes de baja capacidad económica y que realizan este tipo de operaciones de manera no recurrente.
Solicitan al SAT una herramienta gratuita para poder generar los CRIP
Por eso, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó a la autoridad fiscal revisar la situación y actualizar la herramienta gratuita de facturación de su portal de internet. Esto, para que los contribuyentes puedan emitir dichos CFDI y cumplan así con las disposiciones fiscales, en materia de emisión de comprobantes fiscales.
Lo anterior lo expuso el IMCP en un planteamiento que entregó al SAT el año pasado. Esto lo presentó en la Segunda reunión bimestral 2020 con la coordinación nacional de síndicos del contribuyente del IMCP.
El CRIP no es gratuito porque es para contribuyentes con capacidad económica: SAT
Como parte de su respuesta, el SAT indicó que el servicio gratuito de generación y certificación de CFDI que ofrece el SAT, está enfocado a atender las necesidades de generación de los tipos de CFDI más comúnmente requeridos por los contribuyentes con menores capacidades económicas, administrativas y de volumen de emisión de CFDI, quienes son sus usuarios naturales.
En este sentido, indicó la autoridad fiscal, no se tiene contemplado enfocar el uso de recursos para habilitar el servicio de la generación del CFDI de retenciones en información de pagos en el aplicativo del SAT.
Hay pymes que requieren emitir CRIP y eso genera costos adicionales
En este contexto, Fiscalia recientemente publicó un artículo en el que recordó que el SAT fundamentó su acción de no proveer un sistema para la emisión del CRIP, bajo el argumento de que no tiene por qué ofrecer un sistema gratuito si los únicos que emiten un CRIP son empresas que pueden solventarlo.
Sin embargo, el artículo indica que lo anterior no es precisamente cierto. Esto se debe a que hay pequeñas y medianas empresas (pymes) que requieren emitir CRIP. Para poder emitirlos, deben adquirir un módulo con su PAC, generando costos adicionales. Por si fuera poco, esta ineficiencia económica atenta contra el principio de equidad y progresividad tributaria, ya que en este caso el costo de cumplir sus obligaciones es regresivo.
El SAT debería establecer una herramienta gratuita para generar los CRIP
Fiscalia señaló que cualquier contribuyente puede incurrir en la obligación de realizar un CRIP. De ser así, es una situación que incrementa de forma considerable sus costos administrativos. Por eso, consideró que el SAT debe establecer un mecanismo sin costo para que los contribuyentes cumplan con la obligación impuesta por la propia autoridad.
Para llegar a la conclusión anterior, Fiscalia consideró lo siguiente:
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Por “contribuyentes con mayor capacidad económica” se define a aquellos contribuyentes que no son pymes.
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Alrededor de un 30% de las pymes están en redes sociales, y estas a su vez tienen la posibilidad de adquirir servicios de publicidad los cuales se facturan a un extranjero (Facebook, Instagram, etcétera).
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Las empresas y los contribuyentes que usan los servicios o que trabajan con plataformas digitales como Uber, Diddi y Rappi, deben emitir un comprobante de este tipo por los pagos al extranjero.
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Existe software cuyo uso no está limitado a grandes empresas que se facturan al extranjero por estos servicios, por ejemplo antivirus o servicios de respaldo de datos, por mencionar algunos.
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El uso de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles de extranjeros pero que estén en territorio mexicano implica una retención.
– Con información de Fiscalia.
https://www.fiscalia.com/publicaciones/15532
Puedes revisar el planteamiento del IMCP y la respuesta del SAT aquí / Páginas: 30 y 31 / Fecha de publicación: marzo de 2020.
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