Éstos son los avisos que debes hacer ante el SAT en enero y febrero 2021
Te decimos a qué avisos del SAT debes seguirles la pista en enero y febrero.
Para evitarte problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te traemos una lista de todos los avisos que se presentan en enero y febrero, y de los últimos días para presentar cada uno.
Avisos del SAT en enero
Aviso:
Aviso de opción para utilizar coeficiente de utilidad para contribuyentes del RIF
Quién lo presenta:
Personas Físicas que al 31 de diciembre de 2020 tributen en el RIF y que por el ejercicio fiscal 2021 opten por realizar pagos provisionales bimestrales aplicando al ingreso acumulable del periodo de que se trate, el coeficiente de utilidad que corresponda en los términos de lo dispuesto en el artículo 14, fracción I de la Ley del ISR.
Último día para presentarlo:
A más tardar el 31 de enero de 2021.
Aviso:
Aviso de la opción de personas morales para tributar conforme a flujo de efectivo
Quién lo presenta:
Las personas morales que se encuentren constituidas y/o registradas en el RFC, hasta el 31 de diciembre de 2020, que por el ejercicio fiscal 2021 opten por ejercer la opción prevista en el artículo 196 de la Ley de ISR, y que cumplan con los requisitos de dicho ordenamiento.
Último día para presentarlo:
A más tardar el 31 de enero de 2021.
Aviso:
Aviso de aplicación del estímulo fiscal por enajenación de libros, periódicos y revistas, por aquellos contribuyentes cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de la cantidad de $6’000,000.00.
Quién lo presenta:
Las personas físicas y morales residentes en México que enajenen libros, periódicos y revistas, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de la cantidad de seis millones de pesos y que representen al menos el 90% de los ingresos totales del contribuyente.
Último día para presentarlo:
A más tardar el 31 de enero de cada año.
Aviso:
Aviso de aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.
Quién lo presenta:
Los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal, por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, contenido en el Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales, publicado en el DOF el 26/03/2015.
Último día para presentarlo:
- En el mes de enero de cada ejercicio fiscal por el que ejerzan dicha opción.
- Tratándose de personas morales de reciente constitución o de personas físicas que inicien actividades empresariales, durante el mes siguiente a la fecha de su inscripción en el RFC.
- Tratándose de personas físicas o morales que ya se encontraban inscritos en el RFC y que inicien las actividades económicas por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación posterior al mes de enero, durante el mes siguiente inmediato posterior a la fecha de que se den de alta dichas actividades en el RFC.
Aviso:
Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR de plataformas digitales.
Quién lo presenta:
Las personas físicas con actividades empresariales que enajenen bienes o presten servicios a través de plataformas tecnológicas o similares que opten por considerar como pagos definitivos las retenciones que les efectúen dichas plataformas deberán presentar aviso para ejercer la opción, siempre que sus ingresos no sean superiores a $300,000.00, en el ejercicio inmediato anterior.
Último día para presentarlo:
Los contribuyentes que con anterioridad al 1 de enero del 2021 ya estén recibiendo ingresos o contraprestaciones por las actividades realizadas a través de plataformas tecnológicas y no hayan ejercido la opción, deberán presentar este aviso a más tardar dentro de los 30 días siguientes a aquel en que se realice el primer hecho o acto jurídico.
Avisos del SAT en febrero
Aviso:
Aviso de aplicación del estímulo fiscal del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur para IVA
Quién lo presenta:
Personas físicas o personas morales, que realicen los actos o actividades de enajenación de bienes, de prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en los locales o establecimientos ubicados en la Región Fronteriza Sur.
Último día para presentarlo:
A más tardar el 11 de febrero de 2021. Tratándose de contribuyentes que inicien actividades dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o de la presentación del aviso de apertura de sucursal o establecimiento en la región fronteriza sur.
Aviso:
Aviso de opción para socios, accionistas o integrantes de personas morales para pagar el ISR en términos del RIF
Quién lo presenta:
Las personas físicas que sean socios, accionistas o integrantes de las personas morales a que se refieren los incisos a), b) y c) del artículo 111 de la Ley del ISR, siempre que comprueben que cumplen con la excepción del tipo de socios, accionistas o integrantes referidos en los citados incisos y que deseen tributar en el RIF.
Último día para presentarlo:
A más tardar el último día del mes de febrero de 2021.
Aviso:
Aviso relativo a deducciones de pérdidas por créditos incobrables
Quién lo presenta:
Contribuyentes que realicen las deducciones de pérdidas por créditos incobrables conforme el artículo 27, fracción XV de la Ley del ISR.
Último día para presentarlo:
A más tardar el 15 de febrero de 2021.
Aviso:
Aviso para la opción de utilizar “Mis cuentas” para estar exceptuados de llevar e ingresar de forma mensual contabilidad electrónica a través del Portal del SAT
Quién lo presenta:
Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, así como las Asociaciones Religiosas que opten por utilizar la herramienta electrónica “Mis cuentas”, para estar exceptuadas de llevar e ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del Portal del SAT
Último día para presentarlo:
A más tardar el último día del mes de febrero de 2021.
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