Del 17 al 6 de enero, el IMSS suspenderá actividades de revisión como actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos.
Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) autoriza declarar como inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, los días comprendidos del 17 de diciembre de 2020 al 6 de enero de 2021.
En ese periodo tampoco correrá plazo ni término legal alguno. El acuerdo, en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, tiene como número ACDO.SA2.HCT.141220/333.P.DIR y fue dictado por el H. Consejo Técnico en sesión permanente, en reunión de libros, con fecha 14 de diciembre de 2020.
El primer artículo de este acuerdo establece lo siguiente:
En el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos los días comprendidos del 17 de diciembre de 2020 al 06 de enero de 2021, periodo durante el cual no correrá plazo ni término alguno.
Así que, hasta el próximo 6 de enero, todas estas actividades de revisión del IMSS estarán suspendidas.
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