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¿Cuál es la fecha límite para que me paguen el aguinaldo?

Aquí te decimos hasta qué día tienen tu empresa para entregarte tu aguinaldo en 2020.



2 diciembre, 2020

El aguinaldo es una de las prestaciones de los trabajadores establecidas en la ley, es un derecho siempre que tengan una relación laboral subordinada.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), serán acreedores a este derecho aquellos trabajadores que sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.

El artículo 87 de la LFT dice establece esta prestación deberá pagarse antes del 20 de diciembre y ser equivalente a por lo menos 15 días de salario. No te confundas, lo anterior quiere decir que el aguinaldo se tiene que pagar a más tardar el 19 de diciembre.

El monto mínimo que debe pagarse a las personas trabajadoras por concepto de aguinaldo es el equivalente a 15 días de salario, para quienes tienen al menos un año trabajando. Por el otro lado, el trabajador que tiene menos de un año trabajando sólo recibirá la parte proporcional. Esto quiere decir que, por ejemplo, un trabajador que apenas lleva seis meses trabajando para un patrón sólo recibirá el equivalente a 7.5 días de salario como aguinaldo.

Para los trabajadores bajo el esquema de unidad de obra, es decir por trabajo a destajo, su aguinaldo se calculará tomando como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados. Mientras que para los contratados como vendedores se tomará el promedio de los ingresos percibidos del último periodo laboral.

¿Qué puedo hacer si no me pagaron el aguinaldo?

Puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde te darán atención legal gratuita.

El plazo para exigir el pago del aguinaldo expira el 21 de diciembre del siguiente año. Es decir, en este caso expiraría el 21 de diciembre de 2021.

Podrían multar a tu patrón si no te paga

La ley estipula que el patrón que no pague el aguinaldo en tiempo y forma podrá hacerse acreedor a una multa de entre 50 y 5 mil unidades de medida y actualización (UMA), lo que a valores de 2020 sería entre 4 mil 433 pesos diarios 434 mil 400 pesos.

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