La reforma al sistema de pensiones introduce cambios a las aportaciones patronales. Te decimos de qué se tratan.
La semana pasada se aprobó una reforma al sistema de pensiones. La reforma plantea reducir el número de semanas de cotización e incrementar las aportaciones de los patrones, ambas de manera gradual.
Las semanas de cotización necesarias disminuirán de mil 250, a solamente mil, con la posibilidad de recibir una pensión mínima con 750 semanas. La idea es que la reducción de semanas entre en vigor con la reforma y que paulatinamente sigan bajando, hasta llegar en 2031 a las mil semanas. Para ello se modificaron los artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social.
Las aportaciones de los trabajadores serán del 1.125% de su salario. En cambio, las aportaciones patronales llegarán hasta 13.87% desde los 3.15% actuales. Este cambio se daría entre 2023 y 2030.
La aportación del Estado sólo se modifica en beneficio de los trabajadores con menos ingresos. Tales cambios se incorporan en el artículo 168; de él derivan ajustes a los artículos 139, 159, 165 y 18 de la Ley del Seguro Social.
¿Cómo afectarán los cambios a las empresas?
Se espera que la reforma entre en vigor en 2021. Aunque todavía se pueden hacer cambios, es importante saber cómo cambiarán los procesos dentro de las empresas.
Como vimos anteriormente, las aportaciones patronales aumentarán desde el 3.15% actual hasta 13.87% entre 2023 y 2030. Estos cambios se darán en el ramo de cesantía en edad avanzada y vejez.
Actualmente, los trabajadores deben aportar un 1.125% del salario base de cotización (SBC) para el retiro. En cambio, los patrones deben aportar un 3.15%.
Como explica Fiscalia, con los ajustes propuestos, el porcentaje del trabajador se mantendrá igual; en cambio, el patrón deberá aportar un porcentaje del SBC según los ingresos del trabajador. Para este cálculo, se utilizará la siguiente tabla:
Salario base de cotización del trabajador | Cuota patronal |
1.00 SM | 3.15% |
1.01 SM a 1.50 UMA* | 4.20% |
1.51 a 2.00 UMA | 6.55% |
2.01 a 2.50 UMA | 7.96% |
2.51 a 3.00 UMA | 8.90% |
3.01 a 3.50 UMA | 9.57% |
3.51 a 4.00 UMA | 10.08% |
4.01 UMA en adelante | 11.88% |
SM: salario mínimo. UMA: Unidad de Medida y Actualización.
También hay que tomar en cuenta que estos incrementos serán graduales. En la siguiente tabla podemos ver los incrementos según el salario del trabajador:
Salario base de cotización | 2023 | 2024 | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 |
1.0 SM | 3.15% | 3.15% | 3.15% | 3.15% | 3.15% | 3.15% | 3.15% | 3.15% |
1.01 SM a 1.50 UMA | 3.28% | 3.41% | 3.54% | 3.68% | 3.81% | 3.94% | 4.07% | 4.20% |
1.51 a.2.00 UMA | 3.58% | 4.00% | 4.43% | 4.85% | 5.28% | 5.70% | 6.13% | 6.55% |
2.01 a 2.50 UMA | 3.75% | 4.35% | 4.95% | 5.56% | 6.16% | 6.76% | 7.36% | 7.96% |
2.51 a 3.00 UMA | 3.87% | 4.59% | 5.31% | 6.03% | 6.75% | 7.46% | 8.18% | 8.90% |
3.01 a 3.50 UMA | 3.95% | 4.76% | 5.56% | 6.36% | 7.16% | 7.97% | 8.77% | 9.57% |
3.51 a 4.00 UMA | 4.02% | 4.88% | 5.75% | 6.61% | 7.48% | 8.35% | 9.21% | 10.08% |
4.01 UMA en adelante | 4.24% | 5.33% | 6.42% | 7.51% | 8.60% | 9.69% | 10.78% | 11.88% |
Aunque la reforma entrará en vigor en 2021, los cambios en el cálculo de las aportaciones empezarán hasta enero de 2023. Hasta ahora no se ha publicado la versión final de la reforma, por lo que todavía pueden cambiar las cuotas.
Con información de Fiscalia
https://www.fiscalia.com/publicaciones/14910
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