Descubre cómo quedaron las tasas de retención del ISR para los comerciantes y prestadores de servicios online en México
El impuesto que se tenía contemplado para la enajenación de bienes y prestación de servicios por medios electrónicos era del 2.4%, mismo que fue aprobado por la Cámara de Diputados.
Sin embargo, el cabildeo de agrupaciones como la Asociación Mexicana de Venta Online (AMVO)y la Asociación Mexicana de Internet (AIMX), pues pidieron a las autoridades bajar la retención del impuesto al 1%. Ésta fue la tasa que finalmente aprobaron los senadores
Las agrupaciones preveían afectaciones negativas para el 90% de los comercios que hoy en día hacen ventas en línea.
Así quedaron las nuevas tasas de retención frente a las tasas anteriores:
Tipo de servicio | Tasa de retención anterior (dependiendo de ingreso mensual) | Tasa de retención aprobada por diputados | Tasa de retención aprobada por senadores |
Servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes | 2% a 8% | 2.80% | 2.10% |
Servicios de hospedaje | 2% a 10% | 5% | 4% |
Enajenación de bienes y prestación de servicios | 0.4% a 5.4% | 2.40% | 1% |
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Con información de IDC.
https://idconline.mx/fiscal-contable/2020/12/02/asi-quedo-el-cambio-a-la-ley-del-isr-para-plataformas-digitales
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