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Guía para cumplir con los requisitos del SAT para que tu negocio participe en el Buen Fin 2020

Buen Fin 2020, guía para cumplir con los requisitos del SAT

La Secretaría de Economía anticipó que que las empresas que quieran participar en el Buen Fin 2020 tienen que cumplir con tres requisitos del SAT.

La Secretaría de Economía (SE) reveló que las empresas y comercios que deseen participar en el Buen Fin 2020 deberán pasar por la supervisión de la autoridad fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y demostrar cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Jorge Eduardo Arreola Cavazos, jefe de la Unidad de Competitividad y Competencia de la Secretaría de Economía, exhortó a los negocios interesados en participar a estar al corriente con sus obligaciones fiscales, ya que hay requisitos con los cuales cumplir.

Arreola Cavazos manifestó que durante la administración anterior, “el registro solamente requería incorporar unos datos de identidad y con eso quedaban registrados”. En cambio, “ahora quiero pasarles el mensaje a todos, tengan la precaución de procurar registrarse con la mayor anterioridad posible, porque desde el año pasado el registro al Buen Fin, está sujeto al cumplimiento de tres requisitos de tipo fiscal”.

Explicó que parte de los requisitos es que las empresas estén en el registro federal de contribuyentes, tengan el buzón fiscal activado, y tengan una opinión de cumplimiento positiva, a fin de que los negocios demuestren que están al corriente ante el fisco.

El funcionario dijo que el SAT será el encargado de señalar qué empresas podrán o no registrarse en el  Buen Fin 2020. Y puntualizó que la dependencia “no comparte mayores datos fiscales, solamente palomea o no, y en el caso de que no palomea, tiene todavía mucho tiempo para acudir al SAT, y regularizar su situación este tema. También aseguró que no es un tema de fiscalización ni se puede utilizar para tales fines.

A continuación te explicamos cómo cumplir con los tres requisitos.

Inscribe tu empresa en el RFC y participa en el Buen Fin 2020

Existen dos maneras para realizar el tramite de inscripción al RFC ante el SAT:

Desde el portal del SAT:

  1. Ingresa al Portal del SAT.
  2. Selecciona la pestaña “Empresas”, posteriormente entra al apartado “Trámites del RFC”, seguido de “Inscripción al RFC” y por último selecciona la opción “Preinscribe tu empresa en el RFC”.
  3. Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
  4. Imprime el acuse de preinscripción al registro federal de contribuyentes.

De manera presencial:

  1. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación al personal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe tu solicitud y acuse único de inscripción en el registro federal de contribuyentes, o bien el acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se concluyó su trámite.

Requisitos:

Condiciones:

Habilita tu buzón tributario y participa en el Buen Fin 2020

  1. En primer lugar debes entrar al sitio oficial del SAT y dar clic en el botón que dice “Buzón Tributario”, en la esquina superior derecha.
  2. Ingresa tu registro federal de contribuyentes (RFC). Las personas físicas deben introducir su contraseña o e.firma. En cambio, las personas morales solamente pueden entrar con su e.firma.
  3. Una vez dentro del buzón, debes dar clic en “Configuración” para actualizar tus datos y habilitarlo. Este botón se encuentra en la barra superior. En este apartado puedes agregar hasta cinco correos electrónicos o números telefónicos.
  4. Cuando los agregues, recibirás notificaciones. Si es por correo, debes dar clic en el enlace del SAT. Si es por mensaje de texto, debes utilizar el código de nueve dígitos.

¿Qué hacer para obtener una opinión de cumplimiento positiva?

  1. Entra a la siguiente liga.
  2. Introduce tu RFC y contraseña del SAT o e.firma

Requisitos para obtener la opinión de cumplimiento positiva para participar en el Buen Fin 2020

De acuerdo con la regla 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), estos son los parámetros que debe cumplir el contribuyente para que la autoridad otorgue una opinión positiva:

Puedes revisar la regla 2.1.39 aquí.

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