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Cambios en la Miscelánea Fiscal para 2021 respecto a los CFDI

Te decimos cuáles son los cambios que la Miscelánea Fiscal para 2021 plantea para los comprobantes fiscales.



Facturas instantaneas
(Imagen: Shutterstock)
1 octubre, 2020

Algunos de los cambios fiscales propuestos por el ejecutivo federal están relacionado con los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).

El Código Fiscal de la Federación (CFF), en el artículo 29, establece la obligación general de emitir comprobantes fiscales, los casos en que deben expedirse y que los comprobantes fiscales deberán ser digitales y expedirse a través del portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT). También establece la obligación de solicitar la emisión de dichos comprobantes.

Se especificarán supuestos por los que se deben expedir los CFDI

Como parte de la Miscelánea Fiscal para 2021 se propone reformar el primer párrafo del artículo 29, del CFF, para establecer que los contribuyentes deben solicitar un CFDI en los siguientes casos: 

  • Cuando realicen pagos parciales o diferidos.
  • Cuando exporten mercancías que no sean objeto de enajenación o cuya enajenación sea a título gratuito.

Establecerán facilidades para la expedición de los CFDI globales

Además, se propone modificar el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 29-A, del CFF, para especificar el concepto de operaciones celebradas con el público en general, como aquellas en las que no se cuenta con el registro federal de contribuyentes (RFC) del receptor del comprobante. Esto como una facilidad para la expedición de los CFDI por operaciones con el público en general o CFDI globales.

Adicionarán más catálogos a los CFDI

La fracción V del artículo 29-A, del CFF, prevé como obligación que el CFDI incluya la cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. Para evitar que los contribuyentes asienten en dichos campos datos incorrectos o no relacionados con la información solicitada, se quiere facilitar el cumplimiento de dicha obligación mediante catálogos. Por eso, para impulsar su debida utilización, se propone hacer mención específica de ellos en la fracción mencionada.

Si el pago es diferido y en una sola exhibición se emitirán dos CFDI

También se busca adicionar a la fracción VII, inciso b, del artículo 29-A, del CFF, que cuando el pago se realice de manera diferida, se deberá emitir un comprobante fiscal cuando se realice la operación y otro en el momento en que se realice el pago, aun cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición.


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