Una propuesta de modificación al CFF permitiría al fisco embargar cuentas de terceros relacionados con factureras.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentó una propuesta para reformar el artículo 40-A del Código Fiscal de la Federación (CFF). Actualmente, este artículo establece los lineamientos a seguir para el aseguramiento precautorio de los bienes del contribuyente.
Con la modificación, el fisco podrá aplicar embargos precautorios a las cuentas de terceros que se opongan al ejercicio de facultades de comprobación. Básicamente, el SAT podrá embargar cuentas de terceros que no cooperen con la fiscalización. Esto incluye a clientes, proveedores y empleados de las empresas.
La propuesta de Hacienda también quiere modificar el orden de bienes a embargar. Con la modificación, los bienes se embargarían en el siguiente orden:
- Depósitos bancarios o inversiones.
- Cuentas por cobrar, acciones o bonos.
- Dinero en efectivo o metales preciosos.
- Bienes inmuebles.
Actualmente, la ley establece que se debe empezar por bienes inmuebles y terminar en depósitos bancarios.
La justificación de la propuesta dice que el objetivo de incluir a terceros es que colaboren con el SAT contra las factureras: “Dentro de los terceros que se oponen generalmente al ejercicio de las atribuciones de la autoridad fiscal, se encuentran aquellos que realizaron presuntas operaciones con empresas que facturan operaciones simuladas, así como los que recibieron ingresos exorbitantes como presuntos asimilados a salarios”.
En este sentido, la propuesta se refiere a empresas que aprovechan las facturas falsas para deducir, así como a quienes reciben salarios por parte de las factureras.
Sobre el orden de bienes a embargar, la propuesta dice que empezar por los depósitos bancarios tendrá un efecto inmediato sobre los embargados. Esto porque cortará su flujo de efectivo.
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