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Los contribuyentes deberán mantener actualizados sus datos en el RFC

Otro de los cambios fiscales propuestos por el ejecutivo federal está relacionado con el registro federal de contribuyentes (RFC).



Foto: Shutterstock
22 septiembre, 2020

El artículo 27, apartado B, fracción II del Código Fiscal de la Federación (RFF) establece para los contribuyentes la obligación de proporcionar la información relacionada con la identidad, domicilio y, en general, sobre la situación fiscal, así como de señalar un correo electrónico y número telefónico.

Como parte de la Miscelánea Fiscal para 2021 se propone señalar en la fracción mencionada, que la información relacionada con la identidad, domicilio y su situación fiscal deberá proporcionarse en el RFC. Adicionalmente, en la misma fracción mencionada se propone modificar la obligación de señalar una cuenta de correo y un número telefónico, para precisar que los contribuyentes deben registrar y mantener actualizada, una sola dirección de correo electrónico y un número telefónico.

De acuerdo con el ejecutivo federal, lo anterior se debe a que actualmente no se prevé como obligación legal que los contribuyentes mantengan actualizados dichos datos. 

Ajustarán la obligación de actualización de socios y accionistas

Por otro lado, el ejecutivo federal recordó que se reformó el artículo 27, del CFF, para incluir como obligación de los contribuyentes para 2020, el presentar un aviso ante el RFC en el que manifiesten el nombre y clave del RFC de sus socios y accionistas. Esto cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a éstos.

Pero en la Miscelánea Fiscal para 2021 indicó que en dicho precepto no se estableció alguna distinción o excepción respecto a las personas morales que deben proporcionar dicha información. Esta situación ha generado dudas para los contribuyentes.

Por eso, en el documento se propone modificar la fracción VI, del apartado B, del artículo 27, del CFF, para aclarar que la información que la autoridad requiere que presenten las personas morales debe corresponder a aquella relacionada con las personas integrantes de la persona moral que por su naturaleza (análoga) en esencia, las funciones, obligaciones y derechos son similares a las de un socio o accionista.

Lo anterior, con independencia del nombre con el que se les designe o reconozca la legislación o estatutos bajo los cuales se constituyen.

El SAT podrá suspender o disminuir obligaciones de contribuyentes inactivos

Por otro lado, se propone adicionar la fracción XII, en el apartado C, del artículo 27, del CFF, para señalar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá suspender o disminuir obligaciones que los contribuyentes tengan registradas ante el RFC, cuando determine que éstos no han realizado ningún tipo de actividad en los últimos tres ejercicios previos.

Dicha propuesta obedece a que el SAT ha detectado, que diversos contribuyentes que ya no realizan ningún tipo de actividad se encuentran aún activos en el RFC, lo cual genera que el padrón de contribuyentes no se encuentre debidamente actualizado.

Puedes ver la propuesta de Miscelánea Fiscal para 2021 del ejecutivo federal aquí / Fecha de publicación: 8 de septiembre de 2020.


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