El SAT dio a conocer a la Prodecon que está trabajando en las reglas de carácter general, los instructivos y los formatos guía de los esquemas reportables.
El pasado 13 de julio, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) impuso un plazo de 10 días hábiles al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que emitiera las reglas de carácter general, los instructivos y los formatos guía para dar certeza jurídica en el tema de esquemas reportables. Esto lo publicó el oficio PRODECON/SASEN/370/2020.
Se considera un esquema reportable, cualquier estrtaegia que genere o pueda generar, directa o indirectamente, la obtención de un beneficio fiscal. La nueva regla indica que los contribuyentes y asesores fiscales obligados (CFF 197 y 198) entregarán la información de los esquemas reportables (CFF 200) a partir del 1 de enero de 2021.
En su oficio, la Prodecon resalta algunos detalles que deben solucionarse para dar certeza jurídica a los esquemas reportables.
- En primer lugar, los artículos 197-201 del CFF establecen quiénes son los sujetos obligados, los efectos y la forma de revelación de los esquemas reportables, así como la obligación del SAT de emitir las reglas de carácter general para la aplicación de estas disposiciones fiscales.
- Después, la regla 1.13. de la Resolución Miscelánea Fiscal dice que la información y documentación que se presente debe cumplir con los requisitos de los instructivos y formatos guía que publique el SAT sobre el tema.
El problema es que, hasta el momento, el SAT no ha publicado esta información. Es decir, todavía no existen los formatos y lineamientos necesarios para cumplir con esta obligación. Por esto, ni los contribuyentes ni los sujetos obligados conocen los procedimientos para informar la SAT.
El SAT responde a la Prodecon
A inicios de agosto, el SAT emitió un comunicado contestado las inquietudes y demandas de la Prodecon. En los artículos 197, 198, 199 y 201 de Código Fiscal de la Federación, se estableció quiénes son los sujetos obligados, los efectos y la forma de revelación de los esquemas reportables. Así como la obligación del SAT de emitir reglas de carácter general para la aplicación de esas disposiciones fiscales.
En este sentido, la Prodecon requirió que se informara la situación en que se encuentra la emisión de las respectivas reglas de carácter general, los instructivos y los formatos guía.
¿En qué está trabajando el SAT sobre los esquemas reportables?
Esto es lo que dice el comunicado del SAT acerca de los esquemas reportables:
Respecto al requerimiento de información, se hace de su conocimiento que al interior de este órgano administrativo desconcentrado se está trabajando en la elaboración de las reglas de carácter general, la creación de fichas de trámite y los formatos guía, que definan tanto el medio como la información que deberá contener la declaración informativa a través de la cual, los asesores fiscales proporcionaran la información para revelar esquemas reportables.
En ese sentido, la información en la cual se está trabajando es la siguiente:
1. Paquete de reglas generales y sus fichas de trámite, en las que se abordan los siguientes temas:
a. Medio a través del cual el asesor fiscal o el contribuyente deben presentar la declaración informativa para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados.
b. Información y documentación que deberá integrar la descripción detallada del esquema reportable, para considerar que se cumplió con el requisito establecido en el artículo 200, fracción VI del Código Fiscal de la Federación.
c. Información y documentación que deberá establecerse en las constancias de liberación y en las constancias de esquemas no reportables.
d. Solicitud de información adicional.
e. Medio a través del cual el asesor fiscal debe presentar la declaración informativa anual para declarar los datos de los contribuyentes a los cuales se les brindó asesoría fiscal respecto a esquemas reportables.
2. Declaraciones informativas para revelar esquemas reportables generalizados y personalizados, así como sus Guías de llenado.
3. Declaración informativa anual para que los asesores fiscales declararen los datos de los contribuyentes a los cuales se les brindó asesoría fiscal respecto a esquemas reportables.
4. Número de identificación del esquema reportable.
5. Acuse de recibo de las declaraciones.
6. Certificado donde se asigna el número de identificación fiscal.
Por último, el comunicado dice que las reglas finales se darán a conocer en la página del SAT y en el Diario Oficial de la Federación.
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