Cerrar las operaciones de un negocio no significa que las obligaciones fiscales del contribuyente hayan llegado a su fin, por lo que hay que presentar el aviso de actualización de obligaciones ante el SAT.
La crisis provocada por la pandemia de coronavirus COVID-19, hizo que múltiples micro y pequeñas empresas cerraran sus puertas definitivamente. Pero el hecho de que un negocio cierre no quiere decir que el contribuyente ya no tiene obligaciones fiscales.
En caso de que el negocio esté en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con la clave de una persona física, se puede presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto si la persona física, del régimen de incorporación fiscal (RIF) o de actividades empresariales, también esté inscrita en otro régimen, como asalariado, arrendador u otro.
La presentación del aviso es para que el contribuyente se pueda “dar de baja” del régimen de incorporación fiscal (RIF) o del de actividades empresariales, pero sus obligaciones como asalariado o arrendador continúan.
De acuerdo con el portal del SAT, el aviso lo deben presentar las personas personas que modifiquen las actividades económicas que realizan y siempre que conserven al menos una activa. Esto lo deben hacer para el aumento o disminución de obligaciones.
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Ojo: aunque un negocio cierre, sigue teniendo obligaciones fiscales
¿Cuándo se presenta el aviso de suspensión de actividades?
La información publicada en el portal de la autoridad fiscal dice que el trámite del aviso es gratuito. Además, indica que el contribuyente lo debe presentar dentro del mes siguiente a aquél en que se dé la situación jurídica o de hecho que lo motive. Es decir, dentro del mes siguiente a aquél en que interrumpa todas las actividades económicas del negocio.
En caso de que se trate de cambio de residencia fiscal, el aviso se debe presentar al momento del cambio y con no más de dos meses de anticipación.
Presenta el aviso de actualización de actividades en línea
El trámite inicia y concluye por internet, el contribuyente no requiere acudir a las oficinas del SAT, ni anexar documentación alguna.
Para que las personas físicas presenten el aviso de suspensión de actividades en línea, el portal del SAT indica que el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:
Ubicar el trámite en el portal del SAT
- Ingresar al portal del SAT.
- Seleccionar la modalidad de “Persona”, el apartado “Trámites del RFC” y la opción “Ver más”.
- Expandir el menú de “Actualización en el RFC” y dar clic en la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales como persona física”.
- Seleccionar el medio de autenticación: contraseña o e.firma. Se debe autenticar y dar clic en “Enviar”.
Datos de representante legal
- Después de haberse autenticado se habilita el “Paso 1. Datos de representante legal”. En la aplicación se registran los datos del representante legal. Si el contribuyente no tiene representación legal, los campos pueden quedar en blanco.
- Se selecciona el botón del calendario y se asigna la fecha del movimiento.
- Se oprime el botón “Continuar”.
Cuestionario
- Luego se habilita el “Paso 2 Cuestionario”, donde se debe seleccionar el tipo de ingreso. El contribuyente tiene que realizar el registro de esta información siguiendo las instrucciones, que se indican en cada sección, y oprimir el botón “Continuar” hasta concluir con la captura del cuestionario. En este paso la aplicación emite diferentes mensajes, que se deben considerar para la correcta asignación de las obligaciones.
- Primero se deben seleccionar los tipos de ingresos que se percibe dando clic en la opción que corresponda.
- Posteriormente se ubica el grupo al que pertenecen las actividades del contribuyente.
- Se indica cómo se realizan las actividades y el porcentaje de ingresos que se perciben por cada una.
- Si el contribuyente es socio o accionista de una empresa debe registrar el nombre, el RFC y la relación que se tiene con dicha empresa.
Preguntas complementarias
- En la sección de preguntas complementarias, al seleccionar la opción que corresponda se habilita el botón “Aceptar”, se da clic y posteriormente se selecciona “Continuar”. Con esto se concluye la captura del cuestionario.
- Después se despliega el “Resumen” del cuestionario de actividades económicas y obligaciones para su revisión.
- Una vez revisado se da clic en el botón “Guardar datos del cuestionario”, para proseguir con la captura del trámite. O en su caso se seleccionan los botones “Regresar”, para modificar algún dato incorrecto, o “Reiniciar cuestionario”, para comenzar nuevamente con la captura.
- Al seleccionar “Guardar cuestionario”, se habilita la pestaña “Paso 3 Vista Preliminar” y se emite un mensaje que dice “Ha concluido con la captura de la información, imprimirla para su revisión”.
- Para continuar se debe oprimir el botón “Confirmar”.
- En ese momento se genera el documento “Aviso de actualización o modificación de situación fiscal”, para su revisión.
- Una vez concluida la revisión del aviso de actualización, si la información captura es correcta, se selecciona el botón “Confirmar”.
- El sistema genera el documento “Acuse de movimiento de actualización de situación fiscal”.
- Finalmente se debe imprimir o guardar el “Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal”.
Advertencias del SAT
Entre las advertencias que hace el SAT, en su portal de internet, se encuentran las siguientes:
- El sistema no permite lapsos largos de tiempo en espera sin actividad (aproximadamente 20 minutos), por lo que se recomienda no suspender la captura de información una vez iniciada, por el riesgo que la sesión se interrumpa y se pierdan los datos capturados.
- Se debe responder únicamente con información de las actividades que actualmente se realizan o realizarán. No se deben incluir datos de actividades que ya no se tienen o se dejaron de realizar.
- En caso de que se seleccione más de una actividad económica, el sistema pedirá que se indique el porcentaje que representa cada una de ellas en los ingresos totales. Esto es para que se identifique la actividad preponderante, y es importante que sólo sea una actividad la que tenga el mayor porcentaje y que la suma de todas sea el 100%.
- Las características fiscales que se tengan activas al momento de realizar el trámite y que no sean seleccionadas como respuesta en el cuestionario, serán dadas de baja.
Puedes ver a detalle la información del SAT sobre la presentación del aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones aquí.
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